Los ayuntamientos tuvieron hasta el día de ayer para presentar ante el Congreso del Estado sus Leyes de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal 2025, a fin de que sean revisados, analizados y, en su caso, aprobados por la actual Legislatura.
En caso de no haber entregado sus paquetes presupuestales en tiempo y forma, los municipios “repetirán” el monto ejercido este 2024, tal como establece la ley.
El presidente de la Junta de Gobierno del Congreso, Wilmer Monforte Marfil, informó que, tras un segundo corte, se tenían registrados sólo 54 municipios que habían dado cumplimiento con este deber.
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Exhortó a los ayuntamientos faltantes a cumplir con el trámite, porque es necesario para una planeación y ejecución de recursos públicos adecuados para la población. Durante la jornada de ayer, la cifra de cumplidos se incrementó a 74 (al cierre de la edición).
Excepción a la regla
El Poder Judicial no tiene como fecha límite el 25 de noviembre para presentar su proyecto de presupuesto, como sí están obligados los Ayuntamientos.
La legislación aplicable establece que el Poder Judicial deberá remitir su presupuesto al Congreso del Estado dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha de presentación del paquete fiscal del Gobierno del Estado.
Al tratarse de un año en que inicia una administración gubernamental, el Ejecutivo tiene licencia para llevar su presupuesto antes del 20 de diciembre.
Lo anterior con independencia de que el Poder Judicial del Estado pueda comunicar al Poder Ejecutivo su anteproyecto de egresos, a efecto de que el Ejecutivo pueda realizar una adecuada proyección y balance presupuestario, pero en ningún caso el Ejecutivo podrá modificar o reducir el proyecto de presupuesto del Poder Judicial, pues quien decide sobre su aprobación es el Congreso local.
Hay que recordar que, mediante la reforma constitucional del 4 de mayo de 2022, se estableció que en cuanto al presupuesto del Poder Judicial, una vez elaborado, se lo enviará al Congreso local para su aprobación. Dicha reforma también derivó en adecuaciones a su Ley Orgánica, particularmente en el artículo 9 de esta última.
Asimismo, el 20 de octubre de 2023 se modificó el artículo 115 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señalando que ahora es facultad del Pleno del Tribunal Superior de Justicia autorizar el presupuesto de egresos del Poder Judicial y enviarlo al Congreso del estado para su aprobación dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha de presentación del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado.