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CAMPECHE, Cam., 4 de enero.- “Quienes reciban o resguarden motores marinos, ya sea a modo de pago o para repararlos, de cualquier forma, deberán asegurarse de su legal procedencia para no incurrir en las modalidades del delito de encubrimiento”, advierte la iniciativa de reforma al artículo 218 del Código Penal del Estado de Campeche, que fue turnada para su dictamen.

La iniciativa promovida por el diputado Ambrosio López Delgado subraya que si bien estos hechos violentos perpetrados en el mar constituyen el delito de piratería y su investigación y persecución son del orden federal, desde su posibilidades políticas y jurídicas no deben quedar con los brazos cruzados esperando a que sea resuelto este fenómeno delictivo, de la forma en como hasta ahora se encuentra establecido.

Por ello, se debe actuar en el ámbito que les corresponde sin dejar puertas de escape a quienes coadyuvan con los piratas y con los delincuentes en general; “sólo así, viéndonos inmersos en esta problemática y considerando qué podemos (hacer) y qué nos corresponde, contribuir a la protección del sector pesquero, investigando el paradero de esos motores, que son el sustento de muchas familias”.

Por ello, propone la modificación de los artículos 218 y 219 del Código Penal del Estado de Campeche, aumentando la penalidad mínima y ampliando el espectro de proteccionismo penal en el primero de estos artículos, asimismo equiparando la importancia de protección penal cuando se trate de motores para embarcaciones marinas en el segundo de estos artículos propuestos”.

Durante la sesión de la Diputación Permanente, también se dio lectura a la iniciativa para reformar los artículos 278, 279, 301 y 305; adicionar el artículo 278 bis, y derogar los artículos 287, 289, 290, 291, 292, 294, 295, 297, 302, 304 y 306, todos del Código Civil del Estado de Campeche, promovida por el diputado José Luis Flores Pacheco.

Se destaca que es “con la finalidad de establecer en el texto normativo el divorcio sin expresión de causa (incausado)”, además de establecer en la normativa “las condiciones necesarias para la protección del menor y la familia, y con ello dotaremos a los jueces locales de las herramientas jurídicas necesarias para aplicar el derecho a los casos concretos que se les presenten”.

(POR ESTO! / Campeche)

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