El personal de salud, principalmente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), consiguió amparos para obtener licencia por ser grupos de riesgo (hipertensos, diabéticos) de acuerdo con el decreto federal, por lo que el Juzgado Federal no sólo emitió criterios para que se les concedieran los permisos, sino que se puede considerar un derecho humano a la salud para las cinco personas que lograron la resolución de la justicia, resaltó el defensor en derechos humanos, Tomás Tello Collí.
El entrevistado dijo que al obtener cinco trabajadores del IMSS el amparo, se cuenta con jurisprudencia sobre el tema, lo que permite que a los demás empleados o personal del sistema de salud se les pueda resolver sobre este planteamiento.
Planteó que se está “ante la derivación de un nuevo derecho humano, el derecho a la salud, en la vertiente de las licencias médicas que podemos denominar el derecho humano al resguardo domiciliario para las personas de grupos especiales”.
Señaló que “para estas personas no hay un plazo inclusive para todos los demás; nos han dicho que el 31 de mayo, entre otras fechas, sin embargo para el grupo de riesgo es indefinido, porque se entiende que son personas que evidentemente tendrían una afectación considerable en su salud y desafortunadamente podrían fallecer”.
Tello Collí explicó que se trata de un grupo de personas contempladas como grupo de riesgo, por tener padecimientos considerados en el Decreto Presidencial para un resguardo obligatorio, estricto, establece el documento.
Lamentó que en estos casos el IMSS, pese a ser grupo de riesgo, los obligue a trabajar en los hospitales convertidos para la atención de COVID-19, en donde “el grado de exposicíon es mayor, el grado de contagio también, y que con base a sus padecimientos diabetes, hipertensión, asma pues los ponía en evidente riesgo”.
Calificó de lamentable esta situación ya que pese a interponer la solicitud desde inicio de la contingencia, durante “todo ese tiempo el Seguro Social los ignoró; todo ese tiempo el Seguro Social no hizo los trámites que tenía que ver, que se tenían que hacer para resguardar a esas personas, eran una situación muy cruel”.
“Ademas de ser una actitud negligente de la institución ya que es una obligación si sabemos que hay un doctor, un enfermero que tiene un padecimiento grave, que si se enferma seguramente va a ser una cama de alta especialidad que se va a usar, con un ventilador que se va a usar, sabiendo que se puede evitar”, apuntó.
El defensor enfatizó que cuando “están anunciando las autoridades desde hace mucho tiempo que venían preparándose de meses atrás”, e incluso que contratarían personal por lo que “no es consonante que tuvieran a esas personas trabajando”.
Por estas razones, argumentó “se solicitó un amparo a la justicia federal que con prontitud les fue otorgado para que se les resguarde”.
Incluso citó el caso del Instituto de Seguridad y Servicio Social para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) donde un empleado igual presentó su solicitud de permiso por ser grupo de riesgo y se desconoce con base en que criterio se le negó porque el Decreto es concreto y específico sobre las personas que se les debe otogar resguardo domiciliario y sin embargo por no proporcionárselo falleció.
Reveló que el Seguro Social esgrime en unas circulares “si puedes tener diabetes pero diabetes a punto de morir, tienes que tener hipertensión pero el corazón a punto de estallar para resguardarte lo cual es una crueldad”.
Detalló que el criterio de los Juzgados de Distrito, de los Tribunales Colegiados e inclusive de la Suprema Corte que cuando se pone en riesgo el dercho de la salud, se atormenta a una persona porque es “como si la estuvieras torturando”.
“Es imaginar a una persona que es asmática, que es diabética, hipertensa, con toda la carga de estrés de estos días de estar laborando con personas que les estas tosiendo en la cara”, resaltó.
El abogado recordó que “a principios de mayo, hubieron manifestaciones inclusive en hospitales del Seguro Social, también aquí en Campeche y mostrababan cubrebocas transparentes hasta el día de hoy, sigue siendo una exigencia”.
Pueden acudir a la justicia
Subrayó que es importante que las personas se enteren que tienen esa posibilidad de acudir a la justicia de la federación a través de un procedimiento de amparo y poder obtener ese resguardo, “que no tienen que estar laborando en sus trabajos, sobre todo de la administración pública”.
“Si para cualquier trabajo es obligatorio menos se entendería que pasara en las instituciones de la autoridad federal o paraestatales como es el mismo caso de Petróleos Mexicanos (PEMEX), donde también se da esta stiaución”, advirtió.
Detalló que se obtuvo el amparo de 5 casos. donde se ratificó este criterio, con lo que se establece una jurispruddencia.
Dio a conocer que “a consecuencia de ello otras personas se han amparado con otros despachos, incluso de Pemex hemos conocido también que abogados de Ciudad del Carmen están dando esa asesoría para ampararse y tener esa protección del amparo.
De los casos resueltos, que tiene conocimiento por la asesoría, son una enfermera y dos doctoras (las tres mujeres) y dos más fallos más por la justicia federal.
(Wilbert Casanova Villamonte)