La falta de pago del reparto de utilidades por parte de las empresas, independientemente de la molestia que genera en el empleado, impactará en la productividad de este y por lo tanto en las ganancias venideras, además de que es un acto de injusticia, pues está contemplado dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT), señaló Efraín Marín Chablé, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores Marginados de la Isla.
De acuerdo con el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios, y la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Es decir, tienen derecho al Reparto de Utilidades todas las personas trabajadoras, extrabajadoras de planta y eventuales que hayan trabajado en esa empresa o con esa persona empleadora, al menos 60 días durante el año; personas trabajadoras en servicio activo, personas trabajadoras con incapacidad temporal; madres trabajadoras con licencia de maternidad, y padres que hayan solicitado el permiso de paternidad.
En ese sentido, el funcionario sindical señaló que muchos trabajadores se han acercado a él para pedirle asesoría para ver forma de cómo hacer que su patrón les dé la parte proporcional que les corresponde como derecho, “sin embargo, aunque es un derecho constitucional la entrega o no de este consiste en la empresa o el patrón”.
Marín Chablé señala que el hecho de no pagar las utilidades a los empleados es una clara violación a la ley, pero al final de cuentas, el patrón que no paga esta prestación los trabajadores los van a hacer mal, no le van a rendir como le rendían antes, “le van a trabajar de mala gana, entonces, esto consiste en el patrón, y si el quiere salir adelante, que se su empresa crezca, si quiere ser competitivo en el mercado debe de acatar lo que disponen las leyes, es decir, darle una parte de la utilidad, en su caso, si la hubo, sino que le pase a cada trabajador que sus ganancias están en cero y el trabajador debe de entender también que no hay utilidad este año”.
Destacó que muchos de los trabajadores afectados no usan los medios legales para exigir este derecho, pues desconocen los términos que marca la ley, aunque a veces estos procesos son tardados, y en su caso, podría ser un mal precedente, ya que el patrón o la empresa fueron declarados en ceros, que no tuvo ganancia o bajo rendimiento.
De igual forma, dijo que hay empresarios o patrones que realmente no tuvieron ganancias y así lo declaran, pero también hay aquellos que hacen mejoras a la empresa o compran equipo para justificar que no tuvieron ganancias, o bien renovaron la pintura, “usan esa ganancia para hacer mejoras y muchas ocasiones lo hacen para no pagarles nada a los empleados.
JY