LA HABANA, Cuba (Por Pelayo Terry Cuervo, exclusivo para Por Esto!).- Considerado como el principal problema de la sociedad cubana actual, el tema de la vivienda no escapa a ningún ciudadano.
En tal contexto, las autoridades publicaron este viernes un grupo de acuerdos del Consejo de Ministros sobre ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones y locales, que buscan beneficiar a decenas de miles de personas que las habitan pero no son dueños.
Los Acuerdos No.8574 y No.8575 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, publicados en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 33, dan facultades a los consejos de la administración provinciales y municipales para aplicar las normas, a los cuales se les llama a adoptar las medidas para su implementación por las direcciones de Planificación Física y de la Vivienda que les están subordinadas, en el ejercicio de las prerrogativas constitucionales otorgadas a los gobiernos locales en la nueva Carta Magna.
La nueva normativa se aplica a las acciones constructivas que cumplen las regulaciones territoriales, urbanísticas y constructivas en cada uno de los casos de inmuebles citados, en zonas urbanas y rurales, e incluye a arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal, usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorios en condiciones de vida adecuadas o que pueden serlo, al igual que las terminadas y locales o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales, pero sí las regulaciones territoriales, urbanísticas y sus correspondientes normas de edificación.
A partir de la observancia de estas últimas, esa normativa ofrece la oportunidad de legalización a aquellas personas que han realizado acciones constructivas en periodos anteriores sin los respectivos permisos.
Según los nuevos Acuerdos, los usufructuarios y arrendatarios deben dirigirse a la Dirección Municipal de la Vivienda y los que levantaron sus casas en forma ilegal deben acudir a la Dirección Municipal de Planificación Física, mientras que se aclara que la legalización lleva asociado el pago del derecho perpetuo de superficie.
Este proceso comenzará dentro de 30 días, cuando entren en vigor dichos acuerdos, pero las autoridades indicaron a los organismos responsabilizados buscar alternativas para la atención a los implicados, pues estos trámites se sumarán a otros que tienen lugar en las oficinas municipales, lo cual requerirá más trabajo y control, con total apego a la profesionalidad y la ética.
Allí, como sucede en otros servicios, debe facilitarse la atención a discapacitados, embarazadas y adultos mayores, agregaron funcionarios en declaraciones a los medios.
Respaldados con el Acuerdo No.8574 resultan los arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal, a quienes se les reconocerá lo sufragado hasta ahora en arrendamiento como parte del precio total del inmueble antes de que se les entregue la propiedad.
Quienes se encuentran en la categoría de usufructuarios de viviendas y cuartos podrán legalizar los espacios donde habitan, con solo presentar la situación de ocupante legal y la aprobación de la propiedad también conllevará un precio.
En cuanto a los cuartos, serán legalizados los que previo dictamen reúnan las características de vivienda adecuada, para lo cual se
exige: la superficie útil como mínimo, al menos tres locales destinados a cocina, baño y uso múltiple; ventilación, acceso propio y piso impermeable o lavable.
En el caso de las viviendas en áreas agrícolas estatales se dispone que cuando el inmueble por legalizar esté en tierras agropecuarias y forestales se requiere el criterio de las direcciones de la Agricultura. En cambio, no se incluyen en tales beneficios quienes las recibieron en usufructo por una cifra x de años para su explotación; todo lo que hayan construido, incluso una vivienda, se considera bienhechuría, sinónimo de uso temporal.
Según estadísticas, el fondo habitacional de Cuba es de tres millones
824 mil viviendas, actualizado por el Censo de Población y Viviendas de 2012 y su evolución hasta junio de 2017, cuando el 39 por ciento se halla en regular y mal estado técnico.
Por su ubicación geográfica, el 76 por ciento se encuentra en asentamientos urbanos y el resto en zonas rurales.