Hoy entra en vigor la Ley de Aborto en Argentina bajo la atenta mirada de los movimientos feminista y de las autoridades, quienes se comprometen a garantizar su aplicación integral ante el rechazo que ha generado entre sectores conservadores.
“Empieza otro trabajo enorme por delante”, dijo la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de Argentina, Elizabeth Gómez Alcorta, al reconocer días atrás a corresponsales que una vez que la norma está vigente el gobierno deberá sortear los obstáculos que con seguridad se sucederán para evitar su efectiva implementación en todo el país.
Acerca de esta ley que fue aprobada el 30 de diciembre luego de ser avalada por la Cámara de Diputados, en ella se asegura la interrupción voluntaria del embarazo a “toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar" hasta la semana 14 en el sistema de salud en un plazo máximo de diez días desde que lo solicita. Más allá de las 14 semanas está permitido si la gestación fuera producto de una violación, mediante declaración jurada presentada ante el personal de salud, o si estuviera en riesgo la vida o la salud de la persona embarazada.
Alcorta destacó que el Ministerio de Salud ha realizado una gran compra del abortivo misoprostol“para repartir en todas las provincias”, además que reconoció que se esperan demandas judiciales desde sectores antiabortistas de provincias conservadoras o la posible renuencia de ciertos actores de la salud -como los privados- para llevar a cabo la práctica.
La Iglesia Católica argentina ha manifestado su rechazo a la norma. El Consorcio de Médicos Católicos, la Corporación de Abogados Católicos y la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia son varias de las organizaciones que instaron a resistirla al considerar que “la Constitución y los Tratados Internacionales con rango constitucional protegen la vida del niño desde la concepción”.
Cabe señalar que aquellos centros de salud privados o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia, deberán derivar a un centro que realice la prestación.
Por otra parte, será reprimido con prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, a cualquier funcionario público o autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector (centro, institución) o personal de salud que dilate injustificadamente, obstaculice o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados.
Con información de Milenio
SY