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México

Diputado de Morena propone que los periodistas "no investiguen" y castigar la difamación

El diputado Eleazar Rubio Aldarán presentó una iniciativa para castigar con cárcel el delito de difamación e impedir que los periodistas realicen investigaciones
FOTO: Oficial
FOTO: Oficial

Eleazar Rubio Aldarán, diputado local de Morenaen la Ciudad de México, presentó una iniciativa para que el delito de difamación se vuelva a integrar al Código Penal y se castigue con cárcel así como para impedir que los periodistas realicen investigaciones o "diligencias para resolver una carpeta de investigación".

Durante la presentación de su iniciativa afirmó que el trabajo de un periodista es "recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información a través de cualquier medio de difusión y comunicación".

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Rubio Aldarán enfatizó en que la labor "exclusiva" de los periodistas es informar y "no realizar investigaciones o diligencias para resolver una carpeta investigación".

A pesar de sus declaraciones, dijo que no pretende que se acabe con el derecho a la libertad de expresión sino que la información se maneje con mayor cautela. 

El legislador morenista aseguró que la difamación es una problemática social que puede afectar a todos los ciudadanos. "Alguien puede terminar con la familia o el trabajo de otra persona si así lo quiere", dijo.

Consideró que los medios de comunicación "son utilizados para vulnerar garantías individuales consagradas en nuestra Constitución, y con ello lograr garantizar la protección de los Derechos Humanos de todos los ciudadanos". Por lo que propone reformar los artículos 214 y 215 del Código Penal para el Distrito Federal e imponer una pena de dos a cinco años y de 600 a mil UMAs para quien cometa delito de difamación, el cual se anuló desde 2006.

Con las reformas que propone Eleazar Rubio Aldarán, los artículos 214 y 215 serían los siguientes:

“Artículo 214. Comete delito de difamación, quien de manera deliberada y con el propósito de dañar a una persona, comunique un hecho falso, a una o más personas de forma verbal o por cualquier medio de comunicación, y esto le cause o pueda causar a la víctima u ofendida una afectación en su dignidad, honor o reputación, imponiéndole una pena de dos a cinco años y de seiscientas a mil Unidades de Medida y Actualización.

“Artículo 215. El delito de difamación se perseguirá por querella. En el caso que se refieran a una persona ya fallecida, se procederá por querella del cónyuge, concubina o concubinario, pareja permanente, ascendientes, descendientes o hermanos. Cuando la difamación se hubiese cometido con anterioridad al fallecimiento del ofendido, no procederá la querella de las personas mencionadas, si aquél hubiere permitido la ofensa y pudiendo hacerlo no hubiese presentado la querella, salvo que hubiere prevenido que lo hicieren sus herederos”.

"El fin de esta reforma no es restringir a los ciudadanos, ni periodistas de los derechos establecidos en los artículos antes invocados, sino de proteger los derechos de todos y garantizar los derechos de todos y no los de unos cuantos. De igual forma, tiene por finalidad regular el daño al patrimonio moral derivado del abuso del derecho de la Información y de la Libertad de Expresión; así como garantizar los derechos de la Personalidad: el derecho a la vida, al honor y la propia imagen de las personas" detalló el diputado a través de un comunicado.

El du00eda de hoy presentamos cuatro Iniciativas que abordan varios rubros: Materia Penal, Empleo, Defensoru00eda Pu00fablica y...

Posted by Diputado Eleazar Rubio Aldaru00e1n on Wednesday, August 26, 2020

Otra de sus sugerencias fue que se anule la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la propia imagen en el Distrito Federal así como todas sus reformas.

También propuso modificar los artículos 12 y 17 de la Ley de la Defensoría Pública para que los ciudadanos tengan "el derecho ciudadano a recibir defensa adecuada por abogado". Así como que los abogados tengan una experiencia de mínimo tres años en litigio penal. "Es necesaria una reingeniería constitucional y legal que permita solventar los problemas orgánicos y financieros, en beneficio de las personas", añadió.

Por Redacción Digital Por Esto!

GM

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