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México

Diputados aprueban nueva Ley de Remuneraciones a Servidores Públicos, ¿en qué consiste?

En este dictamen se agregó el apartado III en el Artículo 6 para sumar percepciones extraordinarias.
Foto: Cuartoscuro
Foto: Cuartoscuro

De último momento, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, a fin de que ningún funcionario pueda recibir un sueldo mayor al del presidente.

La mayoría de los diputados federales de la Cuarta Transformación en la Cámara de Diputados, aprobaron modificaciones al dictamen para expedir la Ley donde se mantienen permitir "bonos" y "premios" económicos para los funcionarios públicos.

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A pesar de que ya se había avalado una primera versión del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, los diputados federales de Morena, Pablo Gómez y Rubén Terán y Juan Carlos Villarreal de MC presentaron un documento con diversas reservas, que al final fueron aprobadas y enviadas al Senado de la República.

En este dictamen se agregó el apartado III en el Artículo 6 para sumar percepciones extraordinarias.

En este apartado se incluye que los funcionarios pueden obtener premios, recompensas, bonos, reconocimientos o estímulos que se otorgan de manera excepcional a los servidores públicos condicionados al cumplimiento de compromisos de resultados sujetos a evaluación; así como el pago de horas de trabajo extraordinarias y demás asignaciones de carácter excepcional, autorizadas en los términos de las disposiciones aplicables.

En las modificaciones, que se aprobaron en lo particular con 287 votos a favor, 40 abstenciones, y 57 en contra, se establece que ningún servidor público obligado por la presente Ley recibirá una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión igual o mayor a la Remuneración Anual Máxima que tenga derecho a recibir el Presidente de la República por concepto de percepciones ordinarias, "sin considerar las prestaciones de seguridad social a las cuales tengan derecho conforme a la legislación en la materia.

Sin embargo, describe que la remuneración anual bruta para los titulares de los entes públicos serán sus facultades como: la Cámara de Senadores, Diputados, Auditoría Superior de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Instituto Nacional Electoral, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

También la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, Inai, Fiscalía General de la República y cualquier otro ente público de carácter federal con autonomía presupuestaria otorgada expresamente por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo mismo aplicará para las instituciones financieras del Estado, Empresas Productivas del Estado, organismos de la Administración Pública Paraestatal, Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, así como fideicomisos.

Por tanto, con esta nueva ley se establece que el salario presidencial se obtendrá de multiplicar el Producto Interno Bruto per cápita de referencia por los 10 grupos jerárquicos definidos por el Manual de Percepciones de la Administración Pública Federal,  fin de que el resultado se divida entre el monto del salario mínimo general vigente anualizado. 

Con información de medios.

sh

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