El próximo año llegarán cambios en materia de leyes y se contempla una reforma que tiene qué ver con la Pensión IMSS por viudez. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el artículo 132 de la Ley del Seguro Social sufrirá un cambio y serán los pensionados y viudas quienes se verán afectados.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en su ley estipula que, el recurso destinado a la pensión mensual del asegurado pasará a ser entregada a su esposa o concubina al momento del fallecimiento de la persona adscrita.
Este recurso puede ser retirado si el asegurado vuelve a contraer nupcias o si entra a un nuevo concubinato. En este sentido, el asegurado recibirá un pago único equivalente a tres años de pensión.
La SCJN confirmó que el articulo 132 de la Ley del Seguro Social quedó declarado como inconstitucional, por lo que la concubina del pensionado podrá cobrar la pensión por viudez sin estar casados.
Además, esta ley no permitía que la viuda cobrara la pensión antes de seis meses de contraer nupcias y sucediera el fallecimiento del pensionado del IMSS.
Anteriormente el beneficio de la Pensión por Viudez del IMSS quedaba cancelado si contraía nupcias después de los 55 años, esto quedó declarado como anticonstitucional por la SCJN, que envió la propuesta a la Cámara de Diputados, quienes tendrán 90 días para deliberar esta reforma para 2022.
“La o el trabajador ya generó el derecho a favor de su beneficiario o beneficiaria, puesto que realizó sus aportaciones por un determinado número de años.
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IG