Tras no encontrarse una operación en estos momentos, una magistrada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó suspender el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
Cabe recordar que con la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones obliga a los usuarios entregar datos personales y biométricos, lo que causó molestia entre algunos legisladores y ciudadanos, que aseguran que se violaba los derechos humanos.
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¿Cuál es la multa por no registrarse en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil?
La ministra se pronunció por no suspender el Panaut, aunque hasta el momento no se admite el trámite de las acciones inconstitucionales promovidas por un grupo menor del Senado de la República.
“No se satisfacen los supuestos excepcionales para conceder la suspensión, porque el posible daño a los derechos humanos no se actualiza a partir de la vigencia de la norma”, expuso la magistrada.
Recordó que existe un plazo de dos años para que al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil entre en vigor.
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JG