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México

Activan Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México

La Comisión Ambiental de la Megalópolis recomendó posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas
La activación de la Fase 1 es con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud
La activación de la Fase 1 es con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, luego de que se registraran concentraciones máximas de ozono de 162 ppb y 156 ppb en las estaciones de monitoreo de Santa Fe y Merced.

A las 16:00 horas de este martes se activó la Fase 1 debido a la influencia de un sistema de alta presión, el cual se fortaleció durante el día, incrementando la estabilidad atmosférica, la presencia de viento débil y la incidencia de una intensa radiación solar.

En este sentido, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, compartió la información y pidió estar atentos, así como evitar actividades al aire libre.

Mañana miércoles 30 de marzo, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:  -Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.  - Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como  aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras. -  Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4 . -  Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2. -  Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma  “00” ó “0”   engomado rojo, terminación de placa 3 y 4. -Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR.

-  Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX. -   Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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IG

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