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México

Fase 1 por Contingencia Ambiental en CDMX: Estos son los autos que no circularán este 30 de marzo

La Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la Fase 1 de Contigencia Ambiental, por lo cual dio indicaciones para la circulación de automóviles para este miércoles, restricciones que funcionarán de 5:00 a 22:00 horas
Algunos puntos de la CDMX registraron niveles altos de ozono. Foto: @webcamsdemexico
Algunos puntos de la CDMX registraron niveles altos de ozono. Foto: @webcamsdemexico

Tras registrarse concentraciones máximas de ozono de 162 ppb y 156 ppb desde las 16:00 horas, con base en las estaciones de monitoreos Santa Fe y Merced, respectivamente, ubicadas en las alcaldías Cuajimalpa y Cuauhtémoc de la Ciudad de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó este martes la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México

En ese sentido, la CAMe, la institución emitió restricciones de circulación para la circulación de automóviles en la zona con las siguientes restricciones, las cuales se aplicarán a partir de este 30 de marzo, desde las 5:00 y hasta las 22:00 horas : 

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  • Vehículos con holograma de verificación 2 o 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como  aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras

  • Vehículos con holograma "0 y 00", engomado rojo, terminación de placa 3 y 4

  • Vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2

  • Vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma  “00” ó “0”   engomado rojo, terminación de placa 3 y 4

  • Unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR

  • Vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX

  • Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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