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La Ley del Seguro Social contempla también varias causas que pueden hacer que el derechohabiente pierda el derecho a pensión

La pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad.

Es por eso que La ley del Seguro Social contempla los casos en los que el trabajador, puede perder el derecho a contar con una pensión, sobre todo, para aquellos que aún se pueden jubilar por la ley del 73 y siguen como trabajadores activos.

Quienes pueden reclamar la pensión por viudez son aquellas mujeres que vivieron casadas con el asegurado o pensionado durante los cinco anteriores a la muerte de su esposo o con quienes hayan procreado hijos.

¿Por qué motivos pueden la pensión del IMSS de la viudez?

  • Entre las más sobresalientes están que cuando se deja de trabajar y el número de años sin cotizar hagan que pierdas tu conservación de derechos.
  • Que el derechohabiente muera y su viuda no pueda recuperar la pensión, ya que se dejó de cotizar a la fecha del fallecimiento.
  • Otros casos son que ya no alcances las 500 semanas de cotización a lo cual te obliga el IMSS y estés impedido para seguir cotizando.
  • Asimismo, que tengas tu conservación de derechos y no hayas cotizado 150 semanas (cuando el derechohabiente muere el mínimo de semanas que piden son 150).
  • También en caso de una invalidez y que no hayas cotizado el mínimo de semanas de acuerdo a tu evaluación (150 semanas si es arriba del 75 por ciento y 250 si es menos del 75 por ciento).

Requisitos para solicitar la pensión por viudez

Los documentos necesarios con los que deberás contar para solicitar la pensión por viudez del IMSS son:

  • Documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) expedido por el IMSS, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o AFORE del fallecido (a).
  • Copia certificada del acta de defunción, emitida por el Registro Civil.
  • Identificación oficial.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio.
  • RFC.

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AR

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