En la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), presentó la Plataforma Digital de Publicidad Exterior de la Ciudad de México.
Esta plataforma va dirigida principalmente a empresas publicistas, marcas y anunciantes, con la finalidad de proporcionar información sobre Licencias, Permisos, Autorizaciones y otros instrumentos normativos necesarios para la instalación de medios publicitarios.
Carlos Ulloa Pérez, titular de Seduvi,destacó que las empresas en la materia son un motor económico muy importante en la Ciudad, por ello se les brindan todas las facilidades para que, en el marco legal y normativo, mantengan su contribución a la actividad económica de la capital.
Asimismo, el funcionario dijo que recientemente la Seduvi informó del retiro voluntario hecho por las propias empresas, de más de mil 109 anuncios de azotea.
A esta cifra se suma el desmontaje de 10 espectaculares más con el apoyo del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA).
Con estas acciones se busca erradicar el riesgo para la población debido al peso de las estructuras metálicas.
Con el retiro voluntario de estos anuncios, señaló Ulloa Pérez, se ha obtenido un ahorro al erario público de 305 millones de pesos (mdp).
Con la Ley de Publicidad Exterior, expedida el 6 de junio de 2022, Ulloa Pérez asegura que se garantiza la transparencia en el ordenamiento y la certidumbre jurídica a la ciudadanía, anunciantes y empresas publicitarias, además se mejora el paisaje urbano y ambiental. Durante la presentación de la plataforma, se realizó un llamado respetuoso a las empresas para retirar la publicidad irregular y optar por las nuevas modalidades existentes para dicho fin.
¿De cuánto es la multa por violar la Ley de Publicidad Exterior?
Asimismo, se informó que las empresas que incumplan con la Ley en comento, serán excluidas temporal o permanentemente del Registro, y la contratación de publicidad con empresas que no estén incluidas en la Plataforma, será motivo de sanción, en los términos previstos en la Ley de Publicidad Exterior.
Cabe mencionar que las sanciones por incumplimiento a Ley pueden ser administrativas o penales, y las multas pueden llegar hasta los 15 mil UMAs, que equivalen a 1.5 millones de pesos (mdp), por cada medio publicitario de azotea sin retirar.
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