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Suprema Corte declara inconstitucional la prisión vitalicia en México

La SCJN invalidó la prisión vitalicia al considerarla contraria a la Constitución y los derechos humanos.
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro de la SCJN (derecha)
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro de la SCJN (derecha) / Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes inconstitucional la pena de prisión vitalicia, señalando que atenta contra derechos humanos fundamentales, como la reinserción social y la proporcionalidad de las penas.

Por mayoría de votos, el Pleno del tribunal anuló el artículo 127, segundo párrafo, del Código Penal del estado de Chihuahua, que establecía prisión vitalicia para quienes cometieran homicidio doloso de tres o más personas. La SCJN concluyó que esta disposición contraviene la Constitución mexicana y tratados internacionales.

Consideraciones del fallo

El ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena explicó que, aunque se invalida la prisión vitalicia, no se busca dejar impunes los delitos. Propuso que las autoridades judiciales reconsideren la pena aplicable, respetando la proporcionalidad y el derecho a la reinserción social del condenado.

“El ejercicio de individualización de la pena deberá tomar en cuenta los factores previstos por la ley, así como las consideraciones de este fallo sobre el derecho a la reinserción social”, señaló Gutiérrez Ortiz Mena.

La SCJN determinó que los ministros que dejarán su cargo tendrán derecho un pago vitalicio con base en sus salarios actuales

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Razones de la inconstitucionalidad

La ministra Loretta Ortiz argumentó que la prisión vitalicia contraviene el artículo 18 de la Constitución, al negar la posibilidad de reintegración a la sociedad y un proyecto de vida a futuro. Además, enfatizó que esta pena se constituye como un castigo inhumano e inusitado, incompatible con la dignidad humana.

El tribunal concluyó que, al no prever mecanismos de revisión o liberación anticipada, la prisión perpetua genera un estado de exclusión permanente y desproporcionada para los condenados.

Un precedente clave

El fallo también invalida un criterio de 2006 que respaldaba la prisión vitalicia, destacando cómo las reformas constitucionales en derechos humanos han transformado el sistema de justicia en México. Ahora, las penas deberán oscilar entre 20 y 50 años para casos de homicidio calificado, conforme a lo establecido en la legislación nacional.

Este fallo subraya el compromiso del sistema judicial con un enfoque centrado en la dignidad humana y la reinserción social, marcando un hito en la jurisprudencia mexicana.

IO

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