Las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron este miércoles los dictámenes correspondientes a las leyes secundarias de la reforma judicial.
Estas propuestas avanzarán al Pleno para su discusión y posible aprobación en la sesión ordinaria del próximo jueves.
¿Qué contempla la reforma judicial?
Los dictámenes incluyen tres proyectos clave:
- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Busca establecer las normas, estructura, integración, funcionamiento y competencia de los órganos que componen el Poder Judicial.
- Ley de Carrera Judicial: Ajusta los principios de excelencia, imparcialidad, profesionalismo, independencia y paridad de género. Además, garantiza los derechos de las personas trabajadoras del Poder Judicial.
- Reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas: Introduce el concepto de “buena administración” como criterio, y clasifica la inobservancia del Código de Ética y códigos de conducta como faltas administrativas no graves.
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El presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral Jurado, destacó que estos dictámenes buscan armonizar las normativas secundarias con la reforma constitucional al Poder Judicial, asegurando su correcto funcionamiento y alineación con los principios constitucionales.
Posturas encontradas
La aprobación en comisiones contó con el respaldo de Morena, PVEM y PT, mientras que los partidos de oposición como PAN, PRI y MC votaron en contra. Los opositores argumentan que estas leyes secundarias podrían centralizar el control del Poder Judicial y afectar su independencia.
Un paso hacia la modernización del Poder Judicial
Con la aprobación en el Pleno, estas normativas sentarían las bases para modernizar el sistema judicial y fortalecer los principios de justicia, igualdad y profesionalismo en el país. Sin embargo, el debate en el Senado promete ser intenso, dado el impacto que estas leyes tendrán en la operación del Poder Judicial en México.
El resultado será clave para definir el rumbo de la justicia en el país y el equilibrio entre los poderes constitucionales.
IO