La Fiscalía General de la República (FGR) ha determinado no proceder con acción penal en la investigación sobre la presunta tortura a Mario Aburto, condenado por el asesinato de Luis Donaldo Colosio en marzo de 1994.
Esta resolución fue comunicada al juzgado de Paloma Xiomara González, quien había establecido un plazo hasta el 15 de febrero para recibir información sobre la decisión final de la FGR.
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Tras la decisión de la FGR, se ha otorgado un plazo adicional de tres días hábiles para que Mario Aburto y su equipo legal puedan presentar los argumentos que consideren pertinentes a su defensa.
Esta es la continuación de un proceso en el que, el año pasado, la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura concluyó inicialmente que no había suficientes pruebas para acreditar el delito de tortura contra Aburto, decisión que fue impugnada por su defensa.
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Impugnación y Amparo en Favor de Aburto
La defensa de Aburto había solicitado que la FGR reevaluara el caso con mayor diligencia y eficiencia.
Como resultado, un juez otorgó un amparo a Aburto por considerar que la FGR no había cumplido adecuadamente con su obligación constitucional de investigar el caso.
Además, se ordenó la inscripción de Aburto en el Registro Nacional del Delito de Tortura (Renadet).
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