Dentro de las tres recomendaciones que emitió la Auditoría Superior de la Federación (ASF) al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) sobre el Tren Maya, propone que se reponga “la consulta a los pueblos y comunidades Mayas, Tseltales, Ch’oles, Tsotsiles y otros de los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, sobre el proyecto ferroviario del Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Como se recordará, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) refiere que la consulta del 15 de noviembre al 15 de diciembre de 2019, no cumplió con todos los estándares internacionales en la materia.
Detalla que personal de la ONU-DH asistió a cuatro de las 15 asambleas regionales informativas en Tenabo (Campeche) y Dzitás (Yucatán) el 29 de noviembre, y en Xpujil (Campeche) y Reforma (Quintana Roo) el 30 de noviembre. Asimismo, estuvo presente en ocho de las 15 asambleas regionales consultivas en Palenque (Chiapas), Tenabo (Campeche), Dzitás y Tunkás (Yucatán) el 14 de diciembre; y en Xpujil, Tenosique (Tabasco), Reforma y Xul-há (Quintana Roo) el 15.
En cuanto al carácter informado, la ONU-DH observó que la convocatoria, el protocolo y la información presentada sólo hacían referencia a los posibles beneficios del proyecto y no a los impactos negativos que pudiera ocasionar.
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“Durante las sesiones observadas, en diversas ocasiones las personas participantes preguntaron sobre dichos impactos sin obtener una respuesta clara y completa. La ausencia de estudios sobre los impactos o la falta de difusión de los mismos, dificulta que las personas puedan definir su posición frente al proyecto de manera plenamente informada”.
Sobre el caso, integrantes del Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil (Cripx) recurrieron al amparo, por presuntas violaciones a los derechos durante la consulta indígena, según ellos simulada y fraudulenta, y el juez federal concedió la suspensión provisional del proyecto del Tren Maya a estas comunidades indígenas, por lo que la autoridad deberá “abstenerse de realizar actos tendientes a la ejecución de dicho proyecto, hasta que se resuelva sobre la suspensión definitiva”.
Observación de la ASF
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) en la evaluación “Efectos Sociales del Proyecto Tren Maya Auditoría de Desempeño: 2019-3-21W3N-07-1385-2020 1385-DE”, emitió la recomendación para que la consulta “sea libre e informada y, con ello, obtener su consentimiento, y que se definan las medidas que, en su caso, mitiguen o reparen los efectos negativos de la obra y garantizar su derecho a la libre determinación”.
Explica que la auditoría se seleccionó con base en los criterios establecidos por la ASF para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2019.
La fiscalización se basa en los efectos sociales del Proyecto Tren Maya y fueron los rubros de la coordinación interinstitucional para la planeación de la vertiente social del proyecto; la evaluación del proceso y resultados de la consulta indígena; el análisis de los estudios para determinar su factibilidad social; la atención de los efectos y riesgos sociales; la administración de los recursos económicos asignados; la georreferenciación de la obra y su zona de influencia; su contribución a garantizar empleo, educación, salud y bienestar, y la rendición de cuentas de la vertiente social del proyecto.
La recomendación
En el caso de “la evaluación del proceso y resultados de la consulta indígena”, emitió tres recomendaciones y sobresale la petición de la reposición de la consulta.
Cabe recordar que el 15 de noviembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la “Convocatoria al Proceso de Consulta Indígena y Jornada de Ejercicio Participativo Ciudadano sobre el Proyecto de Desarrollo Tren Maya”. Misma que se efectuó el 14 y 15 de diciembre de ese año.
Además de la reposición de la consulta, las demás recomendaciones le plantean al Fonatur que en coordinación con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), establezca los mecanismos para asegurar que se aplique la metodología diseñada para realizar el proceso de consulta indígena libre, previa e informada.
Lo anterior ante el desarrollo de proyectos de infraestructura turística y, en su caso, específicamente en el Proyecto Tren Maya, y se cumpla con las características que debe contener el protocolo, a fin de asegurar que se identifiquen los actores, se delimite la materia, se establezca el objetivo y el procedimiento para el desarrollo de la consulta, en congruencia con el tipo de medida a implementar.
La tercera recomendación se pide a Fonatur que en coordinación con el INPI y también con la Secretaría de Gobernación, se establezcan los mecanismos de control que aseguren que el desarrollo del proceso de consulta indígena se dé en el marco del desarrollo de proyectos de infraestructura.
SY