Alejandro Calvillo
“En 2015, El Poder del Consumidor subió este video a la red que de manera sarcástica muestra cómo la COFEPRIS, de la pasada administración, entró en contubernio con la industria para establecer un etiquetado a su gusto, es decir, que no se entendiera”.
¿Puede una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación basarse en argumentos científicamente falsos?, ¿a favor de qué intereses responde una sentencia que llega al extremo de realizar afirmaciones falsas?
La sentencia presentada por la Ministra Yasmín Esquivel en contra del amparo que interpusimos hace 5 años contra el etiquetado frontal que se estableció en alimentos y bebidas en México como parte de la Estrategia Nacional para la Prevención del Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes se basa en tres afirmaciones totalmente insostenibles: 1) que los azúcares naturales presentes en frutas, verduras y lácteos representan el mismo riesgo a la salud que los azúcares añadidos a los productos, 2) que es correcto que las etiquetas establezcan un consumo diario de azúcares total de 360 kilocalorías (equivalente a 18 cucharadas cafeteras) como “nutrimientos diarios”, y 3) que el etiquetado actual es entendible y útil para que los consumidores mexicanos realicemos elecciones más saludables.
¿Azúcares naturales iguales a azúcares agregados?
La sentencia afirma que no existen máximos de azúcar a consumir y que son iguales los azúcares “intrínsecos” (naturales) que los “extrínsecos” (añadidos).
Es decir, la sentencia establece que tienen el mismo efecto sobre la salud los azúcares presentes en una manzana que los azúcares añadidos a una Coca Cola. Una manzana de 200 gramos puede contener 110 kilocalorías, si nos comemos dos manzanas, estaremos ingiriendo 220 kilocalorías. Una Coca Cola de 600 mililitros contiene más de 240 kilocalorías. Cada una de estas manzanas que tomamos de ejemplo pesa 200 gramos, es decir, en este caso se ingieren cerca de 400 gramos de manzana.
Cuando comemos estas manzanas lo hacemos con pausas, las calorías se liberan de forma lenta desprendiéndose de la fibra de la fruta y nos generan saciedad, nos quitan o atenúan el hambre.
Cuando bebemos un refresco, en este caso una Coca Cola de 600 mililitros, todas esas calorías van entrando de golpe al organismo, provocando que el páncreas libere de golpe insulina para controlar los altos niveles de azúcar en sangre, si no fuera así, entraríamos en coma. El consumo de estas calorías no genera saciedad, se convierten en calorías extras, el organismo no las registra. Es decir, contribuyen a una ingesta mayor de calorías en la dieta diaria. Por otro lado, el consumo de la bebida azucarada provoca también descargas de la hormona dopamina que llevan a un deseo de comer más.
Hay que señalar que el 70% del azúcar añadida en la dieta de los mexicanos proviene de bebidas azucaradas.
Cartas dirigidas a la Secretaría de Salud y COFEPRIS por parte de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud de 2014, cuando se anunció el establecimiento del etiquetado actual como obligatorio, advirtieron a las autoridades mexicanas de que los daños a la salud están provocados por el alto consumo de azúcares añadidos y que no existe preocupación alguna por el consumo de azúcares naturales.
En una carta reciente de los representantes en México de OPS/OMS, FAO y UNICEF en referencia a la sentencia que defiende el actual etiquetado señalan:
“OPS como FAO en reiteradas ocasiones han sostenido la necesidad de separar azúcares ‘totales’ y azúcares naturalmente presentes en alimentos sin procesar (como la lactosa en la leche) de aquellos que son ‘añadidos’ o ‘libres’, porque éstos no se requieren en la dieta humana, y están asociados a un mayor riesgo de enfermedades no transmisibles”.
Los organismos de Naciones Unidas, tras revisar lo que era el proyecto de sentencia de la Ministra Yasmin Esquivel, señalaron:
“Las recomendaciones de la OPS/OMS, FAO y UNICEF procuran desincentivar el consumo de los azúcares libres, pues no son necesarios para el consumo humano y, sobre todo, no se ha demostrado un riesgo por parte de los azúcares naturales o intrínsecos de productos naturales o sin procesar”.
¿De dónde sale el argumento de que no hay diferencia entre azúcares añadidos y naturales y por qué? Sale de la industria, este etiquetado comenzó a introducirlo FEMSA-Coca Cola en 2010 y en 2011 ConMéxico, que agrupa a toda la gran industria de comestibles ultraprocesados y bebidas azucaradas, lo generalizó entre esas corporaciones. El objetivo de la industria fue desarrollar un etiquetado frontal que simulara dar información a los consumidores mientras evitaba que pudieran conocer de forma sencilla cuanta azúcar, grasas, y sal le estaban añadiendo a los productos.
Si utilizaran el criterio único de azúcares añadidos o simples, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, una Coca Cola de 600 mililitros tendría que decir que contiene en azúcar más del 120% del máximo establecido por la OMS para todo un día para un adulto. Usando el concepto de azúcares totales, que suma los que se recomendarían consumir en frutas, verduras y lácteos, que son beneficiosos, con los azúcares añadidos, que son perjudiciales en altas cantidades, en esa Coca Cola de 600 mililitros, actualmente dice: 70% de los nutrimientos diarios.
Es decir, si uno hace un gran esfuerzo por tratar de entender ese etiquetado confuso, puede llegar a la conclusión de que puede tomarse esa Coca Cola sin problema e, incluso, una más de 200 mililitros y no habrá llegado al 100% de los “nutrimientos diarios”.
La mejor opción frente a este etiquetado son los etiquetados de advertencia desarrollados en Chile, Perú y Uruguay que, simplemente, le dicen al consumidor, a través de un sello octagonal, que ese producto es “Alto en Azúcar” o que presenta “Exceso de Azúcar”. Pero esa información tan sencilla y obvia es la que las grandes corporaciones de los comestibles ultraprocesados y bebidas endulzadas no quieren que los consumidores conozcan. Y más si esa advertencia viene en yogures y néctares que las madres de familia se la ponen a los hijos como lunch pensando que el yogur le va a fortalecer los huesos y le ayudará a crecer, como dice la publicidad, o que el néctar es una bebida concentrada de fruta.
Traducido en términos coloquiales, la OMS establece un máximo de azúcar para un adulto en un día de 200 kilocalorías, el equivalente a 10 cucharadas cafeteras, y establece que el ideal es que no se consumieran más de 100 kilocalorías, el equivalente a 5 cucharadas cafeteras, en todo un día.
La sentencia establece que está bien tener el criterio de 360 kilocalorías, del equivalente a 18 cucharadas de azúcar como “nutrimientos diarios” para consumir en un día. Lo anterior sucede, paradójicamente o desgraciadamente, en el contexto de que México tiene uno de los más altos índices de diabetes y muertes por diabetes en el mundo, uno de los mayores índices de sobrepeso y obesidad entre los niños, un consumo muy alto de azúcares añadidos, consumidos principalmente a través de bebidas azucaradas.
Pero el contexto de la salud ha quedado relegado por otro contexto: el del poder de las grandes corporaciones y su influencia en los diversos poderes públicos. Fue primero en el Ejecutivo, en COFEPRIS y Secretaría de Salud, logrando que el etiquetado que la propia industria había desarrollado se estableciera como obligatorio, a pesar de las críticas de la OMS, a pesar de que las evaluaciones del Instituto Nacional de Salud Pública demostraban que no era entendible ni por estudiantes de nutrición, a pesar de que desde 2011 presentamos ante COFEPRIS una denuncia formal, nunca respondida, contra este etiquetado por engañar y representar un riesgo a la salud.
Pero si era indefendible este etiquetado en ese entonces, ahora lo es más, con pronunciamientos públicos de un grupo amplio de expertos mexicanos, entre ellos tres directores de Institutos Nacionales de Salud (https://bit.ly/2HoGfxI); con una carta dirigida a los propios ministros de la Sala 2 de la Suprema Corte por parte del Instituto Nacional de Salud Pública (https://bit.ly/2E4iiea); con cartas de los organismos de Naciones Unidas señalando que la sentencia presenta “errores”, por no decir que miente, al señalar que el actual etiquetado sigue las recomendaciones de estos organismos (https://bit.ly/2Jc6meE); al tener ya dos sentencias de jueces de distrito que señala que este etiquetado viola el derecho a la salud, la información y el interés superior de la infancia.
Hay un contexto que muestra, desgraciadamente, una mayor influencia en el Poder Judicial de los intereses económicos que por parte del derecho a la salud, el derecho a la información y el interés superior de la infancia.
En México no se consultó a los Institutos de Salud ni a la academia para diseñar el etiquetado y se retomó el que la propia industria había diseñado, una industria que públicamente se opuso a que las escuelas en México sacaran la comida chatarra, una industria que se ha opuesto a una regulación efectiva de la publicidad que dirigen a la infancia. Esa misma industria es la que diseñó el etiquetado establecido en México. En Chile, el proceso estuvo a cargo del Instituto Nacional de Tecnología de Alimentos de la Universidad de Chile en coordinación con el Ministerio de Salud y en un proceso de consulta con la academia, evitando la interferencia de la industria. En México, la autoridad nunca probó si el etiquetado que estableció era entendible por la población mexicana. En Chile, se estableció como condición que el etiquetado frontal fuera entendido por los niños.
Esto es parte de las evaluaciones realizadas en Chile para evaluar la comprensión del etiquetado chileno entre los niños:
En México, hicimos un ejercicio sencillo con niños exponiéndolos al etiquetado chileno y pidiéndoles que distinguieran los alimentos más saludables de los que no lo eran:
Puedo apostar que los ministros que votaron a favor de la sentencia que defiende el actual etiquetado frontal en alimentos y bebidas argumentando que permite ejercer el derecho a la información y, por lo tanto, el derecho a la salud, no lo entienden. El ejercicio se ha realizado, incluso, entre expertos.
(SIN EMBARGO.MX)