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Fiscalía de Estados Unidos solicita cadena perpetua para Genaro García Luna

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Quintana Roo

Por Salvador Canto

Rachel Holway, fundadora de Alerta Vida ONG y especialista en redes de trata y pedofilia y que participó activamente para que las denuncias en contra de Raúl Luis Martins Coggiola surtieran efecto, consideró que para que realmente exista justicia y se castigue por todas las atrocidades al ex expía detenido la semana pasada en Cancún, este debería ser extraditado a Estados Unidos o a España donde también ha cometido delitos, pero menos a Argentina porque ahí, de acuerdo a la ley vigente, una persona sujeta a un proceso penal que tenga más de 70 años, tiene derecho a pedir prisión domiciliaria pese a tener más de 10 causas penales en su contra.

En entrevista con POR ESTO! de Quintana Roo, la activista detalló que así como en Argentina corrompió a autoridades y se alió a políticos a quienes incluso les financiaba campaña, “no dudo que también lo haya hecho en México, particularmente en Quintana Roo donde radicó muchos años y gozó de impunidad”.

Dijo que “a mi Raúl Martins me llamó a mi celular en cuatro ocasiones para amenazarme porque yo me sumé a la causa de las denuncias en su contra; en el 2015 se abrieron seis causas penales en su contra y otras más en México, fue un trabajo de mucha gente de varios años”.

La fundadora de Alerta Vida ONG y Global Alliance Against Minor Exploitation, en la entrevista vía telefónica, hizo un pasaje de la historia negra de Raúl Martins, detallando la trama de trata de personas y explotación sexual en la que estuvo involucrado el ex agente de inteligencia que incluyó tener protección de fuerzas de seguridad y jueces, así como aportes a la campaña de Macri.

Holway también mencionó que Lorena Martins, hija del ex espía, le había comentado que había visto transferencias de dinero por parte de Raúl Martins y su socio Gabriel Conde a Mauricio Macri para el pago de la campaña política.

Recordó que Raúl Luis Martins Coggiola quien nació en septiembre de 1948 en Buenos Aires, fue egresado de la preparatoria de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) en 1976, durante el gobierno de Jorge Rafael Videla, es decir que perteneció a la SIDE de la dictadura genocida, desde el 76 hasta el 88. En ese entonces usó el nombre de Aristóbulo Manghi.

También, resaltó que a partir de 1988, se presentaron denuncias donde figuran en distintas dependencias de la Justicia argentina de delitos conexos con la trata de personas -que en ese momento no estaba tipificado-, como explotación sexual, violación de códigos y demás en contra de Raúl Martins Coggiola.

Dijo también que Martins es socio de Gabriel Conde (el hijo de Luis Conde), quien en 1994 tuvo una causa por corrupción de menores, y ambos son amigos y socios del Peque Ismael García, que le hacía los eventos a Mauricio Macri cuando era candidato a la presidencia de Boca Juniors.

Tanto el Peque García -narco, proxeneta, pedófilo, imputado por el femicidio de Emilia Yésica Uscamayta, y jefe de campaña de Vidal- como Gabriel Conde y Raúl Martins son amigos de Mauricio Macri y aportantes de la campaña de Macri como jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y también como presidente. Hay videos de Raúl Martins diciendo “cuando mi amigo sea presidente”.

Afirmó que el 3 de septiembre de 2019, la Cámara Federal volvió a fallar contra Raúl Martins y pidió captura internacional y extradición.

“México decía que no recibiría la extradición, por lo cual hubo que hacer un exhorto internacional a ese país. El gobierno mexicano se comprometió a luchar contra la corrupción y lo cumplió, por lo cual se detuvo ayer a Raúl Martins”, sostuvo.

Pese a todo esto, dijo que para ella, no sería del todo bueno que se extradite a Argentina porque de acuerdo al Código Penal de dicho país, en el artículo 7º se indica que los hombres débiles o enfermos y los mayores de sesenta años que merecieren reclusión, sufrirán la condena en prisión, no debiendo ser sometidos sino a la clase de trabajo especial que determine la dirección del establecimiento.

Además el artículo 10 sostiene que podrán, a criterio del juez competente, cumplir la pena de reclusión o prisión en detención domiciliaria:

  1. a) El interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario;
  2. b) El interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal;
  3. c) El interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel;
  4. d) El interno mayor de setenta (70) años;
  5. e) La mujer embarazada;
  6. f) La madre de un niño menor de cinco (5) años o de una persona con discapacidad a su cargo.

Finalmente, dijo que por eso el expía no debería de ser extraditado a la Argentina, sino a otro país como España donde también cometió delitos e incluso Estados Unidos.

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