Por Miguel Ángel Fernández
CHETUMAL, 27 de mayo.- El gobierno municipal de Othón P. Blanco poco ha realizado respecto a las obligaciones en materia ambiental que debe tomar tras ser multado por la Procuraduría de Protección al Ambiente por el inadecuado manejo del basurero.
La directora de Ecología del gobierno municipal, Alondra Martínez Flores, reconoció que la falta de recursos ha sido un obstáculo para atender los 29 puntos que impuso la PPA respecto al inadecuado manejo del tiradero de Chetumal.
Explicó que diversos puntos incluyen la realización de estudios y muestreos que para pagarlos se requieren más recursos que la multa de 3 millones 200 mil pesos que le fue impuesta al municipio.
Dijo que, independientemente de que se requiere avanzar en los 29 puntos que recomendó la PPA, se pretende conmutar el monto de la deuda mediante un proyecto de colocar paquetes de paneles solares en las comunidades de Othón P. Blanco, previa autorización de la Procuraduría Ambiental.
Respecto al avance en los 29 puntos observados por la PPA, dijo que el próximo miércoles estarán presentando un listado de las acciones cumplidas.
Como se recordará, a finales de 2018 el municipio de Othón P. Blanco fue notificado por parte de la Procuraduría de Protección al Ambiente de una sanción por 3 millones 224 mil pesos, por arrojar basura en terrenos no autorizados colindantes al tiradero municipal.
Como se ha expuesto desde hace meses, la desatención de la administración pasada al problema del tiradero había provocado que los desperdicios fueran arrojados en terrenos colindantes al basurero, situación irregular y que representa violaciones a la normativa ambiental.
La PPA dio a conocer la resolución y las observaciones emitidas al basurero de Chetumal. La Procuraduría Ambiental explicó que con fecha 30 de abril de 2018, inició un procedimiento administrativo ambiental, con el propósito de conocer el funcionamiento del actual Centro Integral de Manejo de Residuos Sólidos de la ciudad de Chetumal, durante la revisión de los procesos actuales de operación del sitio se encontraron 28 irregularidades, que contravienen la norma oficial mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003.
Las irregularidades detectadas causaron la imposición de una sanción administrativa, que consistió en una multa equivalente a 37,500.00 (treinta y siete mil quinientas) Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La Procuraduría consideró oportuno adoptar 29 acciones para el correcto funcionamiento del sitio de disposición final (regularización). Las más importantes se describen a continuación.
El gobierno municipal deberá presentar para aprobación de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo, un programa de clausura, posclausura y monitoreo del sitio. Además, emprender acciones de remediación del sitio; generar un plan de regularización que incluya las acciones y medidas que se juzguen necesarias, con el fin de cumplir los requisitos de la norma NOM-083-SEMARNAT-2003.
También elaborar y presentar, a través de un laboratorio certificado por la Entidad Mexicana de Acreditación AC (EMA), el monitoreo de al menos 5 pozos en el sitio de la inspección distribuidos estratégicamente.
Asimismo, instalar en el sitio lagunas de lixiviados y drenes de conducción, así como las lagunas suficientes para dar contención a los lixiviados que se generan en el sitio.
Otras acciones serán colocar o generar una barrera geológica natural o equivalente a un espesor de un metro sobre la zona destinada al establecimiento de las celdas de disposición final; o bien, garantizarla con un sistema de impermeabilización equivalente, siendo que en el predio inspeccionado se ha podido apreciar que existe una superficie de aproximadamente 130,363.00 m2 (Ciento treinta mil trescientos sesenta y tres metros cuadrados), que es empleada como celda de confinamiento, en la cual no se ha generado una barrera geológica o artificial.
Efectuar todas y cada una de las acciones pertinentes para instalar un sistema de extracción, captación, conducción y control del biogás generado en el sitio de disposición final.
Deberá de presentar ante dicha autoridad los registros del programa de monitoreo que deben contar con puntos de muestreo que respondan a las condiciones particulares del sistema de flujo hidráulico, mismo que define la zona de influencia del sitio de disposición final, y por lo menos, 20 pozos de muestreo, 14 en el interior del sitio distribuidos proporcionalmente, y 6 en las periferias del sitio de disposición final distribuidos proporcionalmente. De igual manera, deberá de presentar ante la PPA un programa de monitoreo del lixiviado.
Sin embargo, hace un par de meses el ex director de Servicios Públicos Municipales, Jaime Valle Villaseñor reconoció que no había avances por falta de recursos y ahora, la directora de Ecología, reconoce que se deben gestionar recursos para atender muchas de las recomendaciones de la Procuraduría Ambiental.
Mientras tanto, la ciudadanía sigue padeciendo de un servicio deficiente de recolección de basura, y un sitio de disposición final colapsado.