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* Por considerar que ésta se hizo “al vapor” en la pasada legislatura y que debe ser perfeccionada en muchos aspectos, se han turnado a comisiones tres iniciativas que tienen el objetivo de reformar dicho precepto

Por Gabriel E. Manzanilla

CHETUMAL, 23 de junio.- La diputada Erika Guadalupe Castillo Acosta, en su calidad de presidenta de la Comisión de Movilidad del Congreso del Estado, se ha pronunciado y ha promovido una serie de iniciativas que tienen por objetivo reformar la Ley de Movilidad de Quintana Roo, por considerarla una ley que se hizo “al vapor” en la pasada legislatura y que debe ser corregida y/o perfeccionada en muchos aspectos.

Son tres iniciativas en la materia que la diputada Erika Castillo ha promovido junto con otros integrantes de la bancada del Morena, todas éstas ya han sido turnadas a las comisiones correspondientes para su estudio, análisis y posterior dictamen.

Como parte de las justificaciones, se señala que la Ley de Movilidad se hizo “al vapor” y para beneficio de unos pocos que ostentan el poder, pero con disposiciones legales que van en detrimento de la seguridad y certeza jurídica de los actores y transportistas a quienes va dirigida esta normativa.

Además, se llegó a la conclusión de que la citada ley no cuenta con instrumentos y procedimientos idóneos que permitan dar cabal cumplimiento a diversas disposiciones contenidas en la misma, por lo que ha quedado reducida a “letra muerta” y con muy poco alcance de aplicabilidad.

Se explica que la Ley de Movilidad no se ha hecho valer y tampoco se han aplicado sus principios de mejorar o impulsar infraestructura en materia de movilidad, sino que ha quedado reducida a un instrumento recaudatorio y sancionador para los transportistas del estado, imponiéndoles nuevos derechos y el aumento de los cobros ya existentes; así como una arbitraria regulación de las concesiones de los prestadores de servicio de transporte público de pasajeros y las de transporte de carga y distribución de mercancías, violentando incluso sus derechos básicos y operativos.

Como parte de las modificaciones propuestas, se plantea modificar la estructura de la Junta de Gobierno del Instituto de Movilidad (Imoveqroo), para que diputados y ciudadanos puedan formar parte del mismo, ya que su estructura actual se integra por funcionarios ligados al gobierno y que reciben órdenes directas del Ejecutivo del estado, de manera que es un organismo que carece de autonomía y, por tanto, no puede actuar con imparcialidad.

Con las reformas también se busca proteger los derechos de los transportistas para adquirir o heredar una concesión, dando preferencia a los operadores o choferes de mayor antigüedad, de acuerdo al escalafón en el padrón registrado ante el Imoveqroo.

Además se propone eliminar la muerte del titular de la concesión como una causal de extinción de la misma, por tratarse de una disposición excesiva y que le quita el derecho de cederla o transmitirla, siempre y cuando no haya incurrido en una causa grave de revocación. Se establece que la persona física titular de una concesión tendrá derecho a transferirla nombrando hasta tres beneficiarios, para que en caso de incapacidad física o mental y/o muerte del titular, en orden de prelación que aquél señale, pueda sustituirlo en los derechos y obligaciones, dándole certeza jurídica para darle continuidad a la correcta explotación de la concesión.

Las reformas también plantean el derecho de seguir explotando la concesión a los familiares del titular, en caso de que éste fallezca o por incapacidad física y/o mental.

Otros objetivos son atender la infraestructura y medidas en beneficio de la movilidad de las personas discapacitadas y adultos mayores, logrando el concepto de “movilidad inclusiva”.

Además, se busca concientizar y sensibilizar a los prestadores del servicio de transporte público de pasajeros, por lo que se propone como causa de revocación de la concesión cuando se le compruebe más de tres sanciones por haber realizado conductas inadecuadas que entorpezcan brindar un servicio seguro y digno, entre las cuales están consideradas el uso de vocabulario inapropiado y/o maltrato físico o moral en contra de los usuarios del servicio público de transporte de pasajeros o de terceros.

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