Quintana Roo

Suspenden audiencia de Roberto Borge, defensa interpone amparo

La audiencia intermedia en contra del exgobernador Roberto Borge fue pospuesta hasta nuevo aviso, su defensa interpuso un amparo indirecto.
Foto: Por Esto!

La audiencia intermedia en contra de Roberto N., exgobernador de Quintana Roo, que estaba programada para llevarse a cabo este 15 de septiembre, fue suspendida hasta nuevo aviso en tanto se resuelve un recurso de amparo interpuesto por la defensa del exmandatario, informó su abogado Karin de la Rosa Peláez.

La defensa solicitó el diferimiento de la audiencia y estuvieron de acuerdo las partes involucradas, que son la Fiscalía General del Estado (FGE), la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y la Agencia de Proyectos Estratégicos (Agepro), por lo que la fecha quedó abierta hasta que se resuelva el referido amparo.

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Se trata del amparo indirecto 1139/2019 radicado en el Juzgado Primero de Distrito con sede en Chetumal, cuyo acto reclamado es el auto de vinculación a proceso dictado en la carpeta administrativa 159/2017, en la que se le acusa del delito de peculado.

El juicio de amparo se interpuso el 26 de diciembre de 2019 y se admitió el 27 de diciembre del mismo año, posteriormente se fijó el 29 de enero de 2020 para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Por acuerdo de fecha 6 de julio de 2020 se ordenó enviar el expediente al Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región, con residencia en Zacatecas, donde está en proceso el dictado de la sentencia correspondiente a ese juicio de amparo.

La defensa argumenta en el amparo que no existe la distracción como tal de 18 inmuebles de dominio privado propiedad del Estado, que es por lo que se le acusa a Roberto N., además plantea que no existe conducta por la que se pueda reprochar el delito de peculado, que es el objeto del caso.

También destaca la inmunidad procesal con la que gozaba el exgobernador quintanarroense, en el sentido de que los mandatarios estatales sólo pueden ser acusados en el periodo de su gestión por traición a la patria y delitos graves del fuero común.

“Esta figura protege el ejercicio de la función pública y lo que pretende es, que tanto así lo determinen las Constituciones locales, los gobernadores tendrán esa inmunidad”, explicó Karin de la Rosa.

Mencionó que este tema se encuentra en el debate público, a raíz de la reciente reforma que eliminó dicha figura de la Constitución y a propósito de la consulta para “enjuiciar a los expresidentes”.

Un concepto de violación adicional trata de que al menos 15 de los actos de compra-venta de los inmuebles ya prescribieron, “recordemos que el delito de peculado está sancionado de uno a cinco años y la media aritmética es de tres años”, puntualizó el abogado.

La defensa también observa que existe una vulneración al Tratado Internacional celebrado entre México y Panamá, argumentando una doble incriminación y de no ser juzgado dos veces por el mismo crimen.

Al estar pendiente la resolución del recurso de amparo, las partes consideraron que era ocioso llevar a cabo la audiencia intermedia de este 15 de septiembre, que estaba programada a las 12:30 horas y se realizaría por el método de videoconferencia en tiempo real, atendiendo a la carpeta 159/2017 por el delito de peculado.

La audiencia sería privada y participarían la Fiscalía General del Estado (FGE), la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y la Agencia de Proyectos Estratégicos (Agepro), el acusado y la defensa del mismo.

Iba a ser una audiencia intermedia para la depuración de vicios formales de la acusación y el ofrecimiento y admisión de medios de prueba, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 334 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

El caso es con relación al extinto Instituto del Patrimonio Inmobiliario de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo (IPAE) y de quien en su momento fue la directora general, Claudia Romanillos Villanueva, que durante el periodo del 22 de diciembre de 2011 al 19 de septiembre de 2016, de forma periódica y reiterada, distrajo de su objeto, al haber vendido 18 inmuebles propiedad de ese Instituto, a través de 18 contratos de compraventa, beneficiando con dichas enajenaciones a particulares.

La Fiscalía observó que en los 18 casos no se cumple con la normativa aplicable y que incluso dos inmuebles fueron enajenados sin que se encontraran en la sección de inmuebles de dominio privado enajenables, por lo que no podían venderse.

Además, todos los inmuebles fueron enajenados a un precio por debajo de su valor real comercial, ocasionando con ello un detrimento patrimonial al IPAE.

En la acusación de la Fiscalía también se argumenta que, al percatarse de un posible daño patrimonial al Estado, el acusado tenía que realizar un activo consistente en tomar las medidas administrativas y ejercer los actos encaminados a obtener, mantener o recuperar la posesión de los bienes del dominio del Estado, así como presidir cada una de las sesiones del Consejo Directivo del IPAE, en las que se informaron las ventas de los 18 inmuebles y de esa manera evitar que se distrajeran de su objeto.

La autoridad infiere que Roberto N. tenía conocimiento de dichos actos, ya que incluso un miembro de su familia fue beneficiado con dos enajenaciones, de lo que se advierte que su conducta consistió en una omisión, es decir, en la abstención de una actuación de un deber legal ya que tenía la calidad de garante de los bienes patrimoniales del Estado.

En cuanto a la autoría o participación concreta, se señala que en los hechos con apariencia de delito de peculado la forma que se le atribuye a Roberto N. es de coautoría por omisión, en atención de que teniendo la calidad de garante de los bienes jurídicos tutelados, permitió la distracción de 18 inmuebles patrimonio del Estado de Quintana Roo, señalando que su actuar es de dolo directo, ya que conociendo la ilegalidad de la conducta tuvo la voluntad de actuar bajo esa comprensión, ya que quiso y permitió la distracción de los 18 inmuebles patrimonio del Estado, sin que exista ninguna causa excluyente de incriminación.

Roberto N., exgobernador de Quintana Roo, fue detenido el 4 de junio de 2017 en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, Panamá. La orden de su extradición se emitió el 24 de julio de 2017 y la fecha del auto de vinculación el 12 de diciembre de 2019.

El exmandatario se encuentra recluido en el Centro Federal de Readaptación Psicosocial (Ceferepsi) de Ayala, Morelos, enfrenta tres acusaciones estatales por el delito de peculado (159/2017), desempeño irregular de la función pública (154/2017) y aprovechamiento ilícito (151/2017), así como una de índole federal (381/2017) por operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Por Gabriel E. Manzanilla