La XVI Legislatura del Congreso de Quintana Roo aprobó por unanimidad una serie de adiciones y reformas a diversas disposiciones del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, cuyo objetivo es aumentar las sanciones a quien cometa el delito de abigeato, estableciendo una pena máxima de hasta 12 años de cárcel.
La promotora de la propuesta y presidenta de la Comisión de Desarrollo Rural y Pesquero, la diputada Linda Cobos Castro, dijo que con esto se redefine y amplía el concepto de abigeato, además de agravar las escalas penales de los delitos ya existentes vinculados a este problema.
Las nuevas penas son de 2 a 4 años de prisión y de 30 a 100 días de multa si fuera una o dos cabezas de ganado; tratándose de tres a cinco cabezas, se aplicará prisión de 4 a 9 años y de 100 a 300 días de multa; cuando el número de cabezas sea mayor a 6, se aplicará prisión de 6 a 12 años y de 100 a 500 días de multa.
Además, se sancionará con prisión de hasta mitad más de la pena que corresponda, al servidor público que incurra en algunas de las conductas tipificadas por este delito. También se le destituirá del cargo que ostente al momento de cometer y/o comprobársele el ilícito.
De igual manera, se agregó un artículo 149-Quinquies, en el cual se regulan los supuestos referentes al uso de documentos apócrifos para introducir animales al estado; expedir permisos sanitarios, guías de tránsito o documentación de movilización sin que se cumpla con los requisitos legales; así como utilizar y expedir dispositivos de identificación de las especies alterados, entre otros ilícitos relacionados que se castigarán con prisión de uno a 6 años y de 50 a 100 días de multa.
Por Gabriel E. Manzanilla