Se publicó el Acuerdo por el cual, la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) suspendió temporalmente la venta de bebidas alcohólicas en horarios ordinarios y extraordinarios en establecimientos de restaurante-bar y bar en los 11 municipios de Quintana Roo.
En la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, en el artículo primero informa que la suspensión fue desde las 22:00 horas, del 5 de enero, hasta las 22 horas del 31 de enero 2021, en Benito Juárez, Cozumel, Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas, Puerto Morelos, Solidaridad y Tulum.
Asimismo, el Acuerdo precisa que el horario permitido para la venta de bebidas alcohólicas en el territorio de los municipios de la zona norte es el siguiente: minisúper, tienda de autoservicio mayor y tienda de conveniencia de lunes a sábado, en horario ordinario de 9 horas a las 22 horas y en horario extraordinario de las 22 horas a las 00:00 horas. Y el domingo en horario de las 9 a las 17 horas. Restaurante, de lunes a domingo en horario ordinario de las 10 de la mañana a las 23 horas y en horario extraordinario de las 23 horas a las 01:00 horas del día siguiente.
En el artículos segundo, indica que en los municipios del sur de Quintana Roo: Othón P. Blanco, Bacalar, Felipe Carrillo Puerto y José María Morelos, el Acuerdo indica de igual manera que se suspende temporalmente la venta de bebidas alcohólicas en horarios ordinarios y extraordinarios en los establecimientos de restaurante-bar y bar de las 22:01 horas del 5 de enero hasta las 22 horas del 31 de enero 2021.
Esta es la justificación de la restricción
Los horarios permitidos para la venta de bebidas alcohólicas en el territorio de los municipios de la zona sur es el siguiente: minisúper, tienda de autoservicio mayor y tienda de conveniencia de lunes a sábado, en horario ordinario de 9 horas a las 22 horas y en horario extraordinario de las 22 horas a las 00:00 horas. Y el domingo en horario de las 9 a las 17 horas. Restaurante, de lunes a domingo, en horario ordinario de las 10 de la mañana a las 23 horas y en horario extraordinario de las 23 horas a las 01:00 horas del día siguiente.
La justificación en la restricción para la venta de bebidas alcohólicas se deriva por la situación sanitaria que prevalece en el estado por el brote de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2.
En tanto, la titular de la Sefiplan, Yohanet Torres Muñoz, explicó que el Acuerdo que entró en vigor este 6 de enero, y se publica cada mes o por determinado periodo se extiende el Decreto desde el inicio de la pandemia del COVID-19, el cual indica que se suspende la venta de bebidas alcohólicas, porque la Ley marca unos horarios diferentes.
Sin embargo, únicamente es una ampliación, como se ha venido haciendo hasta la una de la mañana para los restaurantes. Y los bares de acuerdo al Decreto que se viene manejando por la cuestión sanitaria no tienen permitido abrir, de acuerdo al color del semáforo.
No nos confundamos, no hay ley seca, no se suspende la venta de bebidas alcohólicas, es la redacción legal que se le tiene que dar, porque se maneja un horario diferente al estipulado por Ley, y estamos trabajando con un Decreto especial, acotó.
Respecto a la solicitud que hicieron los representantes de la industria restaurantera de Quintana Roo, el día de ayer, se hizo la valoración con el gobernador Carlos Joaquín y la Secretaría de Salud y se determinó que se debe esperar un poco más por lo que ha sucedido en Quintana Roo por las fiestas de diciembre y enero, a lo cual queremos ser prudentes de no extender más el horario, por el momento hasta no ver si tenemos alguna afectación por el COVID-19, concluyó.
CT