El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), determinó el sobreseimiento del Juicio para garantizar los derechos ciudadanos JDC068/2021 interpuesto por Luis Gamero Barranco en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), con el que pretendía combatir la resolución mediante el cual se le inscribió en el registro nacional de personas que cometieron violencia política contra la mujer por razón de género, lo cual lo convirtió en inelegible a una candidatura.
Los magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinaron en este caso, que el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), únicamente cumplió con una sentencia emitida por la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y confirmada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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Con base en ese razonamiento determinaron que no existe sustento para impugnar la inscripción de Gamero Barranco en el citado padrón.
En el caso de los Procesos Especiales Sancionadores 043/2021 interpuesto por el partido de la Revolución Democrática en contra de Marciano Dzul Caamal y 041/2021 interpuesto por el Partido del Trabajo en contra de Roxa Lili Campos Miranda, determinaron que no existieron las conductas referentes a actos anticipados de campaña.
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MA