El Partido de la Revolución Democrática (PRD) sufrió un nuevo revés, luego que el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinara infundada la queja interpuesta por ese instituto político en contra de la Gobernadora María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, a quien acusó de promocionar su imagen y hacer uso de recursos públicos en actos anticipados de campaña.
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Durante la sesión realizada la mañana de ayer, el Pleno del Teqroo declaró inexistentes las conductas denunciadas en contra de la Gobernadora, dentro del Procedimiento Especial Sancionador PES/015/2024, que interpuso el PRD, por supuestos actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada de su imagen en la red social Facebook.
Luego de un análisis realizado por los magistrados se determinó que el promovente no logró acreditar la existencia de elementos materiales o jurídicos que permitan determinar las infracciones denunciadas, toda vez que las publicaciones a las que hace mención se realizaron por una tercera persona amparada ante la libertad de expresión, y no así por la denunciada, lo que se encuentra permitido por la normativa electoral, es decir, no fue una plataforma del Gobierno del Estado la que difundió el material controvertido.
Asimismo, el Pleno, por unanimidad de votos, determinó el reenvío del expediente del Procedimiento Especial Sancionado PES/016/2024, promovido por una Presidenta Municipal en contra del medio de comunicación Quintana Roo Gráfico, por la posible comisión de conductas generadoras de violencia política contra las mujeres en razón de género, cometidas en su agravio, derivado de una publicación encontrada en el perfil de Facebook del aludido medio.
Lo anterior, para que el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) reponga el procedimiento, tomando en consideración las atribuciones que le confiere el artículo 12 del Reglamento de Quejas, con el objeto de que determine en una sola resolución respecto de estas quejas, dado que se encuentra relacionado con el diverso PES/005/2024 de este Tribunal, en donde la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó, de entre otros aspectos, reponer el procedimiento especial sancionador, así como dejar sin efectos las actuaciones ordenadas.
Por último, este Tribunal confirmó los acuerdos 37 y 40 de la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo, porque consideró como infundados e inoperantes los agravios presentados en los Recursos de Apelación RAP/058/2024 y RAP/061/2024, respectivamente, interpuestos por el PRD.
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AT