La abogada Amelia Ojeda Sosa, coordinadora jurídica de la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (Unasse), señaló que luego de la aprobación del matrimonio igualitario en Yucatán, una vez que se publique el decreto en el Diario Oficial del Estado, se debe adecuar el Código de Familia, en temas de filiación, alimentos, patrimonio, herencia y adopción.
Por lo anterior, comentó que una vez que se haga la publicación, las familias que estén unidas ya bajo el matrimonio igualitario, que lo hayan logrado por medio de amparo, ya podrían adoptar, o deberían poder hacerlo, sin ningún problema.
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“La adopción es nada más hacer la adecuación al Código de Familia, no hay nada más que hacer y de hecho ya la (Suprema) Corte lo ha tocado y resuelto. Asimismo, emitió un criterio y un lineamiento con el tema. Entonces, no es así de que hay que modificar muchas cosas, más que hacerlo incluyente y no discriminatorio”, expuso.
“Hablamos de que ya las parejas podrían pensar en adoptar, sin ningún inconveniente ni ningún requerimiento extra, sin actitudes discriminatorias ni necesidad de recurrir al amparo”, indicó.
Ojeda Sosa añadió que también dependerá de la actitud de quienes están a cargo de este tema pues, si se quieren ver muy legalistas, dirán que se puede hacer hasta que se modifique el Código de Familia, pero si se quieren ver respetuosos de los derechos humanos, no debería haber ningún inconveniente.
“Si se quieren ver muy legalistas van a decir que hasta que se modifique el Código de Familia, porque con la modificación a la Constitución es como un lineamiento y se aterriza en el Código, pero si nos queremos ver respetuosos de los derechos humanos se podría hacer, no habría impedimento y tampoco lo debió haber desde antes, tomando en cuenta la jurisprudencia desde el 2015”, reiteró la abogada.
En ese tenor, explicó que solamente se tendría que modificar el Código de Familia y que en la Ley del Registro Civil no se tendría que hacer modificación alguna.
“Hablamos que el Código de Familia se debe adecuar y poner el mismo concepto que se estableció en la Constitución, en relación a la unión entre dos personas. Hablamos de poner lo mismo que se puso en el artículo 94 de la Constitución en los artículos 49 y 201 del Código, referentes al matrimonio y al concubinato”, señaló.
“Además, se debe hacer una reforma, en el mismo sentido, a temas como filiación, alimentos, patrimonio, herencia, adopción; todas esas partes que estén relacionadas con la vida de las familias y de las parejas se tiene que adecuar”, expuso.
La representante legal de Unasse añadió que se debe hacer una revisión profunda de los textos y si hay algún obstáculo en la redacción hay eliminarlo.
“O si es necesario para facilitar, que se entienda, y haya una real protección y garantía de derechos, se tiene que hacer una adecuación integral del Código de Familia hacia este nuevo concepto que ya tenemos”, agregó.
Asimismo, dijo que esta adecuación que se debe hacer corresponde al Congreso del Estado y que, de hecho, ya hay una iniciativa del Poder Judicial sobre el tema.
“Se puede discutir sobre esa iniciativa, enriquecerla, mejorarla, presentar otras y que en conjunto se haga lo mejor posible”, expuso.
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JG