De la Redacción
CHETUMAL, 13 de marzo.- Se le negó la libertad anticipada a Martha Nikita Spat Avilés, ya que la parte acusadora logró demostrar que no cumple con tres de las siete condiciones que marca el artículo 137 de la Ley Nacional de Ejecución Penal para otorgar este beneficio, por lo que la juez de ejecución Martha del Rosario Méndez Domínguez procedió en contra de la solicitante.
La resolución de esta audiencia se llevó a cabo el día de ayer en la sala dos de los Juzgados Penales Orales de esta ciudad capital, en donde sólo hacían falta los alegatos finales de la defensa y de la parte acusadora.
Esta exposición de alegatos finales por parte de la defensa de Spat Avilés, argumentaba que la acusaba ya cumplía con los siete requerimientos necesarios para poder ser liberada, incluso aseveró que la liberación se debió de determinar en la primera audiencia, ya que está situación era de trámite.
Por su parte, la parte acusadora se basó en los mismos documentos que presentó la defensa, ya que el reporte psicológico de Spat Avilés indicaba que esta mujer representaba un riesgo medio para la familia de José González Sabido “Pepín”, la cual argumentó sentir temor de que procediera la libertad anticipada.
Aunado a esto, se logró establecer que tampoco logró completar el plan de actividades marcado por las autoridades del Centro de Reinserción Social (Cereso), ya que la mayoría de los documentos presentados por las autoridades penitenciaras refieren que la actividad realizada es reciente, lo cual es una atenuante, ya que no se cumplió en el tiempo y forma debido.
Por si fuera poco, la parte acusadora argumentó que el comportamiento de Martha Nikita Spat Avilés dentro del Cereso no ha sido ejemplar, ya que en diversas ocasiones fue señalada de dirigir una red de prostitución que operaba al interior de este centro penitenciario, así como de castigar a las internas que consideraba eran sus rivales.
Estos argumentos fueron suficientes para que la juez de ejecución Martha del Rosario Méndez Domínguez considerara improcedente su solicitud de libertad anticipada por parte de la defensa de Spat Avilés.
La decisión fue tomada con enojo por parte de la familia de la reclusa, quienes al saberla abandonaron la sala de manera rápida y sin querer dar alguna declaración; por su parte, la parte acusadora se limitó a decir que se demostró que Spat Avilés no ha tenido un comportamiento adecuado en el Cereso de Chetumal, por lo que aseguran que su rehabilitación no se ha dado.