Ayer por la tarde el Congreso local recibió el cómputo de votos de los Cabildos de los 13 Ayuntamientos del Estado, donde aprobaron la reforma de la conocida coloquialmente “Ley Anti Alito”, en materia de declarar extinción de bienes usados u obtenidos por hechos de corrupción.
Durante el desarrollo de la décima novena sesión ordinaria del Poder Legislativo, dieron lectura a los votos de los ayuntamientos ante el proyecto de reforma presentada por la Gobernadora Layda Sansores San Román, para que el Estado recupere bienes muebles e inmuebles obtenidos o usados en la comisión de algún delito.
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Congreso de Campeche aprueba 'Ley Anti-Alito' para combatir la corrupción; ¿en qué consiste?
El proyecto aprobado versa sobre la adición del artículo 76 BIS de la Constitución Política del Estado, así como expedir la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados o Decomisados y Destino de Bienes Declarados Extintos y de Sanciones Económicas por Hechos de Corrupción para el Estado de Campeche.
“Los bienes asegurados serán administrados por cada ente que legalmente haya realizado el aseguramiento, de conformidad con las disposiciones del Código Nacional, de las leyes específicas para cada materia y de esta ley hasta que se resuelva su situación legal”, establece el artículo 6 de la ley recién aprobada.
De igual manera establece que quedan exentos de esta disposición los bienes asegurados derivados de procedimientos iniciados por extinción de dominio, que serán administrados por la Unidad para Devolver a Campeche lo Robado (Undecar), según lo dispuesto en la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Esto, en virtud de que el dirigente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y exgobernador de Campeche, Alejandro Moreno Cárdenas, afronta un proceso de investigación por su probable participación en los delitos de enriquecimiento ilícito, peculado y uso de recursos de procedencia ilícita.
Se aprobó -por unanimidad- la emisión de un exhorto a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que instale una sucursal de servicios en la Junta Municipal de Sabancuy y un CFEmático en Isla Aguada, a fin de facilitar el acceso a pagos y otros servicios relacionados con el suministro eléctrico.
Además, se leyó una iniciativa para reformar la denominación del Capítulo III y adicionar un artículo 167 Ter al Código Penal del Estado, para establecer la definición del delito de acecho y proponer de tres meses a dos años de prisión y de 300 a 500 veces el valor diario de la UMA a quien cometa este delito
JY