En sesión pública, el Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) ratificó por unanimidad la designación de Antonio Sabido Góngora por parte del Poder Legislativo, debido a que cumplió con lo estipulado en la convocatoria para poder aspirar a desempeñarse en el cargo.
“Se confirma la elección y designación de la persona titular del Órgano Interno de Control del Instituto Electoral del Estado de Campeche, Jesús Antonio Sabido Góngora, aprobado por el plano de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Campeche”, señala la sentencia.
Lo anterior, debido a que el Tribunal Electoral Local emitió resolución en el expediente TEEC/JE/5/2024, y sus acumulados TEEC/JE/6/2024 y TEEC/JE/7/2024, por lo que declaró infundados los agravios del representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, el presidente y representante propietario del partido político local Espacio Democrático de Campeche, del representante propietario de Movimiento Ciudadano.
El sexto considerando que fue el que dio la pauta para el resolutivo, señala que para que sea válida la elección del titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), debía de ser determinado por la mesa directiva en funciones, así como tuvieron que estar presentes los diputados en el salón de sesiones.
Al cumplirse con los lineamientos previstos tanto en la convocatoria, como la votación requerida el día de su elección en la octava sesión ordinaria del Segundo Periodo de Sesiones en el Tercer año del ejercicio constitucional de la Legislatura electo el 26 de marzo, declararon carentes de sustento las acusaciones vertidas.
En lo que respecta al archivo con folio TEEC/JE/8/2024, donde César Sánchez Cabrera impugnó la resolución CG/057/2024 aprobada por el Organismo Público Local Electoral (Ople) relativo a un procedimiento sancionador con expediente IEEC/Q/005/2022 y su acumulado IEEC/Q/007/2022. El Tribunal Electoral dictaminó que el agravio está debidamente fundamentado, debido a que en su momento impugnaron la candidatura de Eliseo Fernández Montufar al estar sustraído de la acción de la justicia, por lo que, ordenó la revocación del acuerdo, así como aplicar sanciones por promoción personalizada, y uso indebido de recursos.
En consecuencia, quedó revocada la resolución CG/057/2024 por unanimidad de votos de los magistrados, por lo que instruyeron al IEEC emitir un nuevo acuerdo que sea acorde a la sentencia que avalaron los magistrados.
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JY