El Tribunal Electoral del Estado de Campeche resolvió que Antonio Sabido Góngora no tiene el perfil profesional para desempeñarse como titular del Órgano Interno de Control del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), por lo que instruyó al Poder Legislativo a emitir una nueva convocatoria en un plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación.
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En la sesión presencial donde el TEEC dio cumplimiento a la orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-JE-126/2024, emitió la resolución del expediente TEEC/JE/5/2024 y sus acumulados TEEC/JE/6/2024 y TEEC/JE/7/2024, con lo que declaró fundados los agravios de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano y del local Espacio Democrático Campeche, así como del diputado Jesús Aguilar Díaz.
En la argumentación del órgano jurisdiccional, la designación realizada por el pleno del Congreso del Estado no fue conforme a derecho y resulta innegable que el título profesional no cumple con las características exigidas en la normatividad electoral. Además, señala que tampoco se relaciona con actividades de fiscalización, control interno, administrativas o contenciosas, en virtud de que la licenciatura no aporta los conocimientos y nociones básicas que permitan realizar las tareas exigidas para el titular de un Órgano Interno de Control.
Por lo que revocó la elección y designación de Jesús Antonio Sabido Góngora como titular del OIC del IEEC e instruye al Congreso de Campeche a emitir en un plazo no mayor a los 10 días, a partir de la notificación, una nueva convocatoria para designar a la persona que ocupe la titularidad del Órgano Interno de Control del IEEC.
Por otra parte, declaró inexistentes las denuncias de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos en contra de la Gobernadora Layda Sansores San Román en el expediente TEEC/PES/16/2024 y del alcalde de Carmen, Pablo Gutiérrez Lazarus en el expediente TEEC/PES/19/2024 que presentó Movimiento Ciudadano.
JGH