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Condena CONAVIM las declaraciones hechas por Pati Chapoy contra la cantante Yuridia

A raíz de la polémica que se ha generado por las declaraciones de Yuridia y el programa Ventaneando, junto con su titular, Pati Chapoy, la Conavim se manifestó por el caso
Instagram: @chapoypati; @yuritaflowers

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) condenó las declaraciones hechas por la  conductora de espectáculos Pati Chapoy en contra de la cantante Yuridia Gaxiola por su aspecto físico, al considerar que de esta forma contribuye a fomentar una cultura discriminatoria, en particular a través de la llamada “gordofobia”.

“Desde la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), condenamos las declaraciones hechas en su momento por una reconocida conductora de espectáculos contra de la cantante Yuridia, al criticar su aspecto físico”, indicó la Comisión.

A través de un comunicado, el organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación, destacó que los medios de comunicación “son actores clave para la construcción de una cultura libre de violencia contra las mujeres”, pues “sus contenidos, expresiones y comentarios repercuten en conductas y comportamientos de la sociedad”.

Asimismo, la Conavim indicó que aunque ya han pasado varios años desde que se realizaron los comentarios sobre el físico de una de las cantautoras más reconocidas del pop mexicano, sus dichos “han servido para fomentar una cultura discriminatoria en la sociedad”.

“La “gordofobia” limita el acceso al ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres con cuerpos no hegemónicos, afectando su salud mental, capacidad de desenvolvimiento social, acceso a oportunidades laborales y hasta puede derivar en trastornos alimenticios como son la anorexia, la bulimia o el sobrepeso”, detalló.

En suma, la Conavim señaló que  comentarios de Pati Chapoy contra Yuridia Gaxiola, al haberse hecho en espacios de difusión masiva, incurren en “actos discriminatorios que se puede tipificar dentro de la violencia digital y mediática, estipuladas en las disposiciones a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Título II, Capítulo IV TER, artículo 20 Quinquies), detonando en el pasado y ahora, en acciones dolosas que provocan burlas por el aspecto físico de una persona”.

Finalmente, la Conavim llamó a todos los medios de comunicación a “combatir todo tipo de violencias contra las mujeres a través de contenidos que dignifiquen la imagen de las mujeres atendiendo a la diversidad e interculturalidad del país”.

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LOR

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