Ciudad de México, 14 de mayo (SinEmbargo).- El Congreso del estado de Hidalgo aprobó este martes el matrimonio igualitario .
Con 18 votos a favor, la LXIV Legislatura de dicho estado aprobó una iniciativa con la cual se modifica la Ley de la familia. Con dichas modificaciones, las parejas del mismo sexo podrán contraer matrimonio libremente y sin tener que recurrir a un amparo.
La iniciativa fue expuesta en el Congreso hidalguense por el Diputado local Victor Romero Trejo, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), quien recordó que prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo va en contra de los derechos protegidos en la Constitución federal y de tratados internacionales firmados por México.
El matrimonio igualitario es legal sólo en algunos estados de la República Mexicana , sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) ha resuelto que es inconstitucional prohibir que dos personas del mismo sexo contraigan matrimonio, por lo que a lo largo del territorio nacional se han registrado amparos contra leyes locales gracias a los cuales se han reconocido uniones entre personas del mismo sexo.
https://twitter.com/ONUDHmexico/status/1128404671511572480 “Lo que esta reforma propone es continuar con la lucha de proteger y visibilizar los derechos fundamentales de todas las personas, con lo cual se constituye una sociedad de derechos y libertades”, señaló el legislador.
La iniciativa fue avalada con votos de Morena, del Partido Encuentro Social (PES), y del Partido Revolucionario Institucional (PRD).
La reforma fue celebrada por la oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos . En Twitter, el organismo señaló que “saluda la aprobación de la iniciativa de matrimonio igualitario y concubinato por el @CongresoHidalgo. Sin duda, un avance en el reconocimiento de los derechos humanos de todas las personas”. CÓDIGO CIVIL DE NL, INCONSTITUCIONAL: SCJN
El pasado 19 de febrero, los ministros de la SCJN declararon inconstitucionales, por unanimidad, tres apartados del Código Civil del Estado de Nuevo León , con lo que se abre la posibilidad a que parejas del mismo sexo puedan contraer matrimonio.
Dicha resolución corresponde a una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
En su inconformidad, la CNDH argumentó que existen artículos contenidos en el Código Civil de la entidad que son inconstitucionales “por discriminatoria ya que viola los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal, porque atenta contra la dignidad humana en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad, los principios de igualdad y no discriminación, así como la organización y desarrollo de la familia”.
Durante su ponencia, el Ministro Jorge Pardo Rebolledo señaló que “la porción impugnada de los artículos 140 y 148 del Código Civil del Estado de Nuevo León se estima inconstitucional, ya que atenta contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo”.