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IFT entrará a juicio ante la suprema corte por el Padrón de celulares

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones presentará una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó este miércoles que presentaran una controversia constitucional (Juicio) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

“Con este recurso legal, el IFT busca garantizar su autonomía presupuestal, así como un ejercicio eficaz y oportuno de las facultades y fines que constitucionalmente están encomendados a este instituto, a través de los mecanismos previstos por nuestra Constitución y con pleno respeto a las facultades de los demás Órganos y Poderes de la Unión”, menciona parte del comunicado.

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La reforma menciona que el instituto instalará, operará, regulará y mantendrá el padrón de usuarios móviles “con cargo a su presupuesto y realizará las acciones necesarias para solicitar a los concesionarios de telecomunicaciones y en su caso, a los autorizados, la cancelación en forma inmediata de aquellas líneas de telefonía móvil, que no hayan sido identificadas o registradas por los usuarios o clientes”.

Pero no dice en la planeación presupuestal ni en el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2021, hay recursos asignados para poner en marcha dicho registro.

El instituto no cuenta con recursos para el Padrón, por lo que “el Pleno consideró que no existe justificación para que el legislador determine que el IFT deba realizar las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener dicho Padrón, se hagan con cargo a su presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes”.

Además, el instituto menciona que esta reforma contiene elementos que podrían contraponerse con el mandato del IFT de garantizar los derechos contenidos en los artículos 6 y 7 de la Constitución, así como de favorecer el acceso a los servicios de telecomunicaciones, que son derechos fundamentales.

RM

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