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Resolución de la SCJN sobre la Reforma Judicial en México: Principales puntos del proyecto que se analizará

La Suprema Corte de Justicia de la Nación  analizará este martes la reforma al Poder Judicial en México. Te presentamos los aspectos clave del proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá y su impacto en la independencia judicial
Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá / Cuartoscuro

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordará un proyecto crucial sobre la reforma al Poder Judicial, impulsado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. La resolución responde a una serie de acciones de inconstitucionalidad interpuestas por partidos políticos nacionales y locales, y diversas minorías parlamentarias, quienes cuestionan la constitucionalidad de esta reforma.

Publicada el 15 de septiembre de 2024, la reforma propone cambios profundos en la estructura del sistema judicial mexicano, tales como la elección popular de jueces y magistrados, medidas de austeridad y nuevos órganos de administración judicial.

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Puntos principales de la resolución de la SCJN sobre la Reforma Judicial

El proyecto del ministro González Alcántara Carrancá propone una revisión exhaustiva de los aspectos impugnados en la reforma, con el objetivo de evaluar si estas modificaciones alteran los principios fundamentales de la Constitución mexicana, en particular la independencia judicial y el sistema de contrapesos entre poderes.

Legitimación de las demandas de inconstitucionalidad

De acuerdo con el ministro, la SCJN tiene competencia para revisar las normas generales impugnadas, ya que afectan directamente el proceso electoral judicial, al permitir la elección popular de jueces y magistrados.

De acuerdo con el proyecto, esta revisión debe cumplir con un "principio de máxima deferencia" hacia el Congreso y las legislaturas estatales, que aprobaron la reforma. Sin embargo, se procederá a invalidar aquellos aspectos que alteren la naturaleza republicana, representativa, democrática, laica y federal del Estado mexicano.

Análisis de los vicios formales en el procedimiento legislativo

El proyecto examina los alegatos de los demandantes respecto a posibles irregularidades en el procedimiento legislativo. Uno de los señalamientos se enfoca en la falta de consulta a grupos indígenas y afromexicanos.

Sin embargo, el ministro concluye que no se cometieron violaciones de procedimiento que justifiquen la invalidación de la reforma, ya que el proceso cumplió con los requisitos del artículo 135 de la Constitución y no afecta de manera diferenciada a estos grupos.

Cambios en la elección y permanencia de jueces y magistrados

El proyecto del ministro González Alcántara Carrancá considera inválida la elección popular de jueces y magistrados de distrito y circuito por no garantizar condiciones de imparcialidad. Argumenta que el sistema actual no permite a los votantes elegir libremente ni acceder a información adecuada sobre los candidatos, lo que limita la transparencia del proceso.

Además, el ministro propone anular el régimen transitorio que pretende cesar a jueces y magistrados antes de concluir sus mandatos, ya que esto socavaría las garantías de inamovilidad y estabilidad en sus cargos.

Nuevos órganos de administración judicial y sus funciones

La reforma también contempla la creación de nuevos órganos de administración y disciplina judicial. El ministro sostiene que estos organismos son necesarios para mejorar la supervisión de los juzgadores, pero declara inválidas ciertas disposiciones que permiten el anonimato de los jueces, así como aquellas que amplían excesivamente las facultades de estos nuevos órganos de vigilancia, ya que podrían poner en riesgo la autonomía judicial.

En cuanto a la evaluación del desempeño de los jueces y magistrados, el proyecto considera esta medida válida si se enfoca en la mejora de su desempeño profesional.

Control de gastos y austeridad en el Poder Judicial

Otro aspecto relevante de la reforma es la eliminación de ciertos fideicomisos del Poder Judicial, justificándose en la necesidad de reducir el gasto público. González Alcántara sostiene que estas medidas son válidas, siempre y cuando se implementen de forma gradual y sin afectar la autonomía presupuestaria del Poder Judicial.

Alcances en la protección constitucional y el Amparo

En cuanto a la restricción de suspensiones en juicios de amparo, el ministro propone que estas limitaciones son válidas en casos específicos, como cuando se trate de proteger principios fundamentales. Sin embargo, advierte que no deben utilizarse para restringir derechos humanos, en línea con el artículo 1 de la Constitución.

Conclusión y expectativas de la resolución

Este martes 5 de noviembre, la SCJN abordará una de las resoluciones más importantes para el futuro del Poder Judicial en México. Si se aprueban las propuestas de González Alcántara Carrancá, se eliminarán elementos de la reforma que comprometen la independencia judicial y se promoverán otros que refuercen la transparencia y la austeridad sin dañar la autonomía de este poder.

Esta decisión impactará directamente en la preservación de los principios constitucionales y en la defensa de los derechos de la ciudadanía frente al Estado.

En ESTE ENLACE puedes consultar el proyecto del ministro Juan luis González Alcántara Carrancá.

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