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Por Redacción Por Esto!
24 de Apr de 2024
2 min
Escrito por Redacción Por Esto!
En una decisión unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha respaldado el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) de no interrumpir las transmisiones de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, conocidas como “mañaneras”, a pesar de las objeciones presentadas por el PAN, PRI y PRD durante el actual período electoral.
El magistrado Felipe de la Mata, quien presentó el proyecto de resolución, afirmó que el análisis del INE sobre la queja fue meticuloso y que no se comprobó que las presuntas omisiones afectaran la decisión final.
Según de la Mata, la suspensión completa de estas transmisiones equivaldría a una forma de censura previa, la cual es inaceptable en un contexto democrático.
"Las mañaneras por si mismas no conllevan a ninguna ilicitud y permiten ser un medio de comunicación, información y rendición de cuentas por parte del Presidente de la República con la ciudadanía..."; @JanineOtalora.
— Juncal Solano (@juncalssolano) April 24, 2024
Hasta una de los suyos, una magistrada del TEPJF, se lo deja… pic.twitter.com/p3hbgcBoMQ
Por su parte, la magistrada Janine Otálora respaldó la decisión al destacar que las “mañaneras” no constituyen por sí mismas una violación legal, sino que representan un medio efectivo de comunicación y rendición de cuentas por parte del Ejecutivo.
Sin embargo, Otálora subrayó la importancia de que estas conferencias se ajusten a los principios constitucionales que regulan los procesos electorales, garantizando así la equidad en la contienda.
Este fallo del TEPJF subraya la necesidad de evaluar el contenido de las “mañaneras” caso por caso, para asegurarse de que se mantienen dentro del marco legal sin influir indebidamente en el proceso electoral.
#AlertaElectoral uD83DuDEA8 Sala Superior del #TEPJF confirma acuerdo del @INEMexico (INE/CG421/2024) por el que determinó NO suspender las conferencias matutinas. Debe analizarse caso por caso. Contrario a lo sostenido por PAN y PRD, análisis sí fue exhaustivo.
— Periscopio Electoral (@Peris_Electoral) April 24, 2024
uD83DuDCC1 SUP-RAP-197/2024 pic.twitter.com/pTuoVLqZuO
Con esta confirmación, el tribunal refuerza la idea de que la libertad de expresión del presidente debe coexistir con la imparcialidad y la justicia electoral.
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IO
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