México / Tren Maya

Cancún y otras dos ciudades, con terrenos expropiados para el Tren Maya en Q.Roo: MAPA

La Sedatu anunció que serán 198 predios de la Zona Norte de Quintana Roo los que fueron catalogados como Causa de Utilidad Pública, para los trabajos del Tramo 5 del Tren Maya
El Tramo 5 del Tren Maya será edificado por ingenieros civiles de la Secretaría de la Defensa Nacional / Especial

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) expropió 198 predios de Causa de Utilidad Pública relativa a 2 millones 410 mil 107.72 metros cuadrados de propiedad privada, ubicados en los municipios Benito Juárez, Solidaridad y Puerto Morelos, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Tren Maya.

Esto, mediante declaratoria publicada este lunes en elDiario Oficial de la Federación (DOF); notificarán a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorarse quiénes son los titulares o se desconozca su domicilio o localización, se efectuará una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación de la localidad de que se trate, conforme a lo establecido en el Artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación.

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Los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el DOF de esta Declaratoria, para manifestar ante la Sedatu lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes para acreditar su derecho.

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De los 198 predios expropiados, 22 están en Benito Juárez (Cancún), 34 en Puerto Morelos y 142 en Solidaridad (Playa del Carmen), siendo este último el más afectado.

Según el documento, conforme al Artículo 27 de la Constitución Política de México, la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada y que las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Sin embargo, el Artículo 1 de la Ley de Expropiación, considera causa de utilidad pública la construcción de obras de infraestructura pública y la prestación de servicios públicos, que requieran de bienes inmuebles y sus mejoras, derivada de concesión, de contrato o de cualquier acto jurídico celebrado en términos de las disposiciones legales aplicables; y, en cumplimiento al Artículo 25 Constitucional, el cual dispone que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, por lo que planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general.

De acuerdo con los argumentos expuestos en el DOF, para el anuncio de la expropiación, el Tramo 5 del Tren Maya beneficiará a más de 1.3 millones de personas que actualmente habitan y trabajan en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos, Solidaridad y Tulum, en Quintana Roo.

El aumento de la conectividad en la zona creará la posibilidad de que su población cuente con mayor acceso y en menor tiempo posible a los servicios de salud, educación, servicios deportivos y en general a todos los servicios que se prestan en los principales centros de población.

También afirma que esta obra será clave para que en la región haya un crecimiento económico de 1.59 por ciento, equivalente a 2.1 billones de pesos, que no tendría sin la construcción del proyecto. Además, indica, será un impulso para un Estado donde la pobreza pasó de 530 mil 653 personas en 2018 a 812 mil 136 en 2020, con la generación de 715 mil nuevos empleos.

Mediante oficio número UAJ-SRI/27636, el pasado 8 de enero, el Secretario de Defensa Nacional (Sedena), solicitó a la Sedatu que, en el ámbito de sus funciones, competencias y en términos de las disposiciones aplicables vigentes, llevara a cabo las acciones necesarias para la adquisición de aquellos inmuebles que son requeridos para la ejecución del Tramo 5 del Tren Maya, y poner a disposición de la Sedena.

Asimismo, mediante oficio número UAJ-SRI/27636 del mismo 8 de enero, la Sedena informó a la Sedatu el resultado de los trabajos técnicos realizados en el Tramo 5 Norte.

Derivado de esto, el 11 de enero la Sedatu, a través de la Unidad de Asuntos Jurídicos, integró el expediente de expropiación número SEDATU.1S.13.I110.UAJ.001.2022, en el cual constan los dictámenes y estudios técnicos que justifican la necesidad y la idoneidad de los inmuebles materia de la presente declaratoria, para llevar a cabo la construcción de obras de infraestructura pública para el desarrollo del Tren Maya en Quintana Roo, y que se realizarán en beneficio colectivo.

En el Dictamen Técnico elaborado por la Sedena, se desprende que los bienes inmuebles que se pretenden adquirir tienen la naturaleza jurídica de propiedad privada y que son apropiados e idóneos para la construcción y el funcionamiento integral del Proyecto Tren Maya y conforme a los planos topográficos números DGI-X-34-TM5N-SOLIDARIDAD, DGI-X-34-TM5N-PUERTO MORELOS y DGI-X-34-TM5N-BENITO JUÁREZ, elaborados en el mes de enero del 2022.

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CG