Personal de la Secretaría de Marina-Armada de México, durante un recorrido de rutina en el Estero de Chac una red de pesca de escama, de aproximadamente 35 metros de longitud.
La red se encontraba abandonada en un área del Estero de Chac, procediéndose a retirarla para posteriormente realizar los trámites correspondientes.
Según el Artículo 33 del Reglamento de la Ley de Pesca, queda prohibido el uso de redes de arrastre en bahías y esteros, excepto en aquellos casos que expresamente lo autorice la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), oyendo la opinión del Instituto Nacional de la Pesca (Inapesca). Dicha prohibición se hará constar en la concesión, permiso o autorización que la Secretaría otorgue. La red se encuentra ya a disposición de las autoridades para la investigación correspondientes.
CG