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Quintana Roo / Riviera Maya

La empresa Sitravem, encargada del mantenimiento del elevador del IMSS de Playa del Carmen, promovió un juicio de amparo tras la sentencia por la muerte de una niña en el elevador

La empresa Soluciones Integrales de Transportación vertical en México (SITRAVEM), promovió un juicio de amparo contra el resolutivo en contra de la sentencia dictada el primero de mayo del año en curso y su aclaración del 9 de mayo.

Esto es contra el titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal en Quintana Roo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que revocó el contrato para el mantenimiento de los elevadores en los hospitales, a raíz de la tragedia ocurrida en julio del 2023, cuando una menor de edad pierde la vida en la unidad Regional número 18, que se localiza en el fraccionamiento Villamar 2 de Playa del Carmen.

Aun se busca justicia por la muerte de Aitana

Aun se busca justicia por la muerte de Aitana / Especial

Hay que recordar que tras la muerte de la pequeña Aitana, sus padres están a la espera de justicia. Incluso, a la fecha se trabaja en una escultura que estará a las puertas de esta clínica donde perdiera la vida.

Asimismo, los cuatro socios de esta compañía de mantenimiento, también actúan por su parte, promoviendo amparos para evitar órdenes de aprehensión, pero al mismo tiempo pelean por mantener este contrato con el Seguro Social para dar el servicio, sin olvidar que apenas hace una semana se registró otro incidente cuando un ciudadano quedó atrapado al interior de estos y casi se sofocaba por la falta de aire.

La empresa fue sentenciada, y sus encargados evitan ser detenidos

La empresa fue sentenciada, y sus encargados evitan ser detenidos / Especial

En estrados de la Sala Regional del Caribe y Auxiliar, se da cuenta con del escrito recibido en la oficialía de partes el pasado 22 de mayo por el que se promueve el juicio de amparo en contra de la sentencia referida.

“Es procedente REGULARIZAR EL PROCEDIMIENTO DEL PRESENTE JUICIO, por lo que se deja sin efectos el acuerdo de 20/05/2024, a través del cual se declaró la firmeza. Certifíquese al pie de la demanda de amparo en los términos de ley; dígase al Actuario adscrito a esta sala que proceda a correr traslado al Tercero Perjudicado, para que en el término de ley ocurra al Tribunal Colegiado que por turno corresponda, a defender sus intereses Ríndase el Informe Justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable, remítanse los autos al Tribunal de referencia, para la tramitación del Juicio de Amparo”, se puede leer en el boletín jurisdiccional del 5 de junio.

GC

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