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Yucatán

Ciclistas ya no usarán obligadamente chalecos reflejantes y faros delanteros en Yucatán

En el nuevo reglamento para los ciclistas se eliminó la obligatoriedad del chaleco reflejante y faros delanteros; sin embargo los conductores deben hacerse visibles
Llaman a utilizar cintas reflectoras en la ropa, la bici o el casco como recursos de notoriedad
Llaman a utilizar cintas reflectoras en la ropa, la bici o el casco como recursos de notoriedad / África Sevilla

El Observatorio de Movilidad Sostenible de Mérida (OMSM) dio a conocer que desde el 5 de marzo se realizó la publicación de las reformas al Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, con lo cual se le otorga reconocimiento explícito a la infraestructura ciclista y, al mismo tiempo, prioridad al paso de ciclistas y peatones. 

Entre los cambios, se eliminó la obligatoriedad de portar chaleco reflector y faros delanteros, ante lo cual, Everardo Flores, fundador de CicloTurixes, explicó que es una decisión acertada, ya que es responsabilidad del gobierno iluminar la vía pública y no de los ciclistas, pero enfatizó que la responsabilidad de los ciclistas es hacerse visibles, acción que se hace posible también con cintas reflectoras.

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Lo cierto es que lo más importante para los ciclistas es ser visibles, no necesariamente con faros, aseguró el activista.

Expuso que fue correcto que ya no sea una total obligación usar los focos delanteros, ya que es una herramienta que implica estar comprando baterías constantemente y, en cuanto al chaleco, señaló que no es una necesidad, pues las cintas que son reflectoras cumplen la misma función y se pueden colocar en diferentes partes de la bicicleta o usar el propio ciclista.

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Apuntó que antes de esta actualización, cuando algún ciclista estaba utilizando las cintas en su ropa, en la bici o en su casco, estaba faltando al reglamento, a pesar de estarse haciendo visible. 

Abundó que la responsabilidad de la iluminación, no es de quien se conduce en una bicicleta, sino del gobierno; la calle debe ser alumbrada por los servicios públicos municipales, con lo cual, reiteró que estuvo bien anular la obligatoriedad de los faros.

Detalló que si un ciclista utiliza las luces es para poder hacerse ver, por lo que también en ese caso se pueden utilizar las cintas que reflejan la luz.

Además, explicó que algunas de las normativas ya se encontraban en el Reglamento anterior, sin embargo, debido a la implementación de la ciclovía, fue necesario realizar ciertas precisiones, por lo que se deja muy claro que los automovilistas no pueden bloquear la infraestructura o estacionarse sobre la misma.

Señaló que antes existían ciertas lagunas al respecto, por ello es importante haber realizado la actualización de los lineamientos.

Declaró, finalmente, que ya estaba considerado que los ciclistas no pueden ir sobre las banquetas, pero se especificó que hasta los menores de ocho años de edad sí podrán hacerlo.

Detalles sobre el nuevo proyecto

Clasificación de la infraestructura ciclista: ciclocarril (exclusivo para vehículos de propulsión humana, delimitado con pintura), ciclovía (exclusivo para vehículos de propulsión humana, confinado con elementos físicos).

Carril exclusivo (delimitado con marcas o infraestructura vertical, uso exclusivo para cierto tipo de vehículos como Bus-Bici), carril compartido (carril especial que permite el tránsito y la circulación de diferentes tipos de vehículos, manteniendo preferencia para los de propulsión humana).

Señalética nueva: zona de paso preferencial de ciclistas (rayas transversales amarillas), zona de preferencia de ciclovía o ciclocarril (rayas verdes), marcas delimitadoras de cajones de estacionamiento (marcas color blanco).

Obligaciones ciclistas: transitar en los carriles destinados para tal efecto, respetar los sentidos de la circulación, cruzar la vía pública en los lugares destinados para tal efecto, portar reflejantes.

Prohibiciones ciclistas: conducir en las banquetas (excepto menores de 8 años), transitar en estado de ebriedad, en el sentido opuesto o con exceso de pasajeros, sujetarse de algún vehículo en movimiento, cruzar la vía pública en lugares diferentes a los destinados para tal efecto, cruzar en diagonal los cruceros.

Observaciones del OMSM: Existen diversas situaciones por las que un ciclista podría no usar la infraestructura ciclista en algunos tramos, como: maniobras de vuelta a la izquierda, ingreso a predios del costado izquierdo, rebase a otros ciclistas. No se especifican las características para portar los dispositivos reflejantes.

SY

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