Luego de que el Observatorio de Movilidad (OMSM) diera a conocer sobre las reformas al Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, aquí te mencionamos lo que tienes que saber para que no falles en tu paso por la ciudad en bicicleta.
Entre las nuevas adecuaciones se constataron obligaciones, prohibiciones, preferencias de paso y responsabilidades, con la finalidad de converger en armonía en un mismo entorno con los peatones y vehículos en las carreteras.
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Ciclistas ya no usarán obligadamente chalecos reflejantes y faros delanteros en Yucatán
La modificación al reglamento, publicado desde el pasado 5 de marzo en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, deroga el artículo 291, planteando las reformas a fracciones y adicionan fracciones y capítulos.
Lo que tienes que hacer el ciclista
Los ciclistas tiene la obligación de respetar las disposiciones establecidas en la ley, así como las indicaciones de los agentes y de los dispositivos para el control de tránsito y vialidad.
Asimismo tendrán que transitar en los carriles destinados para su movilidad, respetando los sentidos del tránsito en los carriles correspondientes, así como conducir a la defensiva.
Para los cruces en la vía pública, tendrán que ser utilizados los espacios designados para tal efecto, con la precaución y la diligencia correspondientes.
Una de las adecuaciones que se llevaron a cabo son la eliminación de los chalecos reflectores y faros delanteros.
Prohibiciones
Los ciclistas no podrán conducir en las aceras o banquetas, con excepción de las personas menores de ocho años de edad.
Los automovilistas no pueden bloquear la infraestructura o estacionarse sobre la misma.
Por ningún motivo se podrá transitar en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, psicotrópicos, estupefacientes u otras sustancias análogas.
No podrán transitar con exceso de pasajeros, para el caso de bicicletas, sin exceder de dos personas, incluyendo al conductor y para el caso de triciclos, sin exceder de tres personas, incluyendo al conductor.
De igual manera queda prohibido sujetarse de vehículos en movimiento con la finalidad de obtener propulsión de aquel.
Detalles de la ciclovía
Ciclocarril: Exclusivo para vehículos de propulsión humana, delimitado con pintura.
Ciclovía: Exclusivo para vehículos de propulsión humana, confinado con elementos físicos.
Carril exclusivo: Delimitado con marcas o infraestructura vertical, uso exclusivo para cierto tipo de vehículos como Bus-Bici.
Carril compartido: Carril especial que permite el tránsito y la circulación de diferentes tipos de vehículos, manteniendo preferencia para los de propulsión humana.
Señalética nueva: Zona de paso preferencial de ciclistas (rayas transversales amarillas), zona de preferencia de ciclovía o ciclocarril (rayas verdes), marcas delimitadoras de cajones de estacionamiento (marcas color blanco).
Casos particulares
Según el Observatorio de Movilidad existen diversas situaciones por las que un ciclista podría no usar la infraestructura ciclista en algunos tramos, como: maniobras de vuelta a la izquierda, ingreso a predios del costado izquierdo, rebase a otros ciclistas.
SY