Recientemente dimos a conocer un caso en el fraccionamiento Itzimná Polígono de Mérida, donde una mujer denunció a su vecina ante la Fiscalía General del Estado (FGE) después de utilizar su muro como parte de la remodelación de su vivienda.
Aunque esta situación se pueda resolver con el diálogo, en ocasiones eso no basta para detener un acto que invade propiedad privada, y más cuando causa daños a la vivienda como fisuras y paredes húmedas.
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Mujer es denunciada por gandalla; construyó en el muro de su vecina en el fraccionamiento Itzimná
La invasión a propiedad privada se puede realizar, siempre y cuando la parte afectada tome pruebas del asunto, presentadas ante el juzgado y enviando la demanda, tratando de resolver el problema por la vía legal.
De acuerdo con el artículo 329 del Código Penal de Yucatán:
Se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión y de diez a treinta días-multa, al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo, engañando a éste, o furtivamente:
- Ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca, o impida materialmente el disfrute de uno u otro, y
- Ocupe un inmueble de su propiedad que se halle en poder de otra persona por causa legítima, o ejerza actos de dominio que lesionen los derechos del ocupante.
Además, cuando el inmueble ocupado sea de propiedad privada, a los responsables se les impondrá una pena de uno a seis años de prisión y de veinte a sesenta días- multa, para las propiedades del estado y municipios, sólo se considerarán aquellas del dominio privado.
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CC