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Mérida: Pobladores aportarán pruebas legales contra Renán Barrera por la instalación del gasoducto

Los vecinos de Mérida mencionaron que podrían imponer sanciones legales por el presunto engaño de la empresa Engie y por los permisos que otorgó Renan Barrera para instalar el gasoducto
Uno de los puntos omitidos es que la red de ductos se ubicaría en una zona clasificada como de consolidación urbana
Uno de los puntos omitidos es que la red de ductos se ubicaría en una zona clasificada como de consolidación urbana / POR ESTO!

Los residentes de las colonias San Damián, García Ginerés y Pensiones solicitaron al Tribunal Unitario Colegiado del Décimo Cuarto Circuito una minuciosa revisión del caso, pues destacan que no se trata de un tema trivial por el riesgo y la presunta existencia de engaños y acciones fraudulentas de la empresa Engie, lo cual derivaría a imponer sanciones administrativas y/o penales al entonces alcalde en funciones, Renán Barrera Concha, por otorgar los permisos correspondientes.

Los vecinos señalaron que es muy importante que la nueva autoridad entienda que debe haber culpables y también sanciones. La red propuesta para Mérida tendría una extensión de aproximadamente 25 kilómetros, con riesgo de fugas, explosiones e incendios de consecuencias fatales. A pesar de ello, el Juez Tercero de Distrito solo evaluó el aspecto de la falta de información a los vecinos sobre las obras, ordenando un plazo de 60 días hábiles para conciliar, propuesta que fue firmemente rechazada por los afectados.

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La preocupación no radica en la necesidad de un diálogo o información adicional, sino en la peligrosidad que enfrenta la población en la zona, que incluye hospitales, centros comerciales, negocios y viviendas. Además, la ubicación en el Atlas de Riesgo como zona de inundación y la contradicción en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA), que falsamente la clasifica como zona pecuaria e industrial en lugar de área comercial y residencial, son puntos fundamentales.

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El texto promovido ante el Tribunal en segunda instancia y que buscan que se analice a fondo, contiene elementos que podrían respaldar la posibilidad de enjuiciar al alcalde con licencia Renán Barrera Concha, quien actualmente es candidato a la gubernatura, por su responsabilidad en la autorización de permisos para las obras de la empresa que perdió el juicio de amparo indirecto:

1. Avalar la falsedad en la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA): Se menciona que la MIA presentada por la empresa no aborda adecuadamente aspectos esenciales como tipos de suelo, riesgos de inundación, y no considera el Atlas de Riesgo de Mérida. Esta falta de información precisa podría indicar negligencia o incluso mala fe en el proceso de autorización.

2. Desviación del trazado aprobado: Los peritajes señalan que la ruta de excavación y tendido de tuberías difiere del trazado aprobado por la Comisión Reguladora de Energía. Este hecho, respaldado por expertos, sugiere que las obras no se llevaron a cabo conforme a las autorizaciones.

3. Omisión de pruebas periciales clave: Los afectados argumentan que el juez tercero no tomó en cuenta pruebas periciales clave que demostrarían irregularidades y riesgos del proyecto. Esta omisión podría indicar una falta de consideración adecuada de la evidencia presentada.

4. Peligro para la población: La instalación de ductos para gas natural altamente inflamable en una zona densamente poblada, con la posibilidad de fugas, explosiones e incendios, destaca el riesgo para la vida de los residentes. La falta de adecuada evaluación de riesgos podría ser interpretada como una negligencia en la toma de decisiones.

Estos elementos podrían fundamentar un caso para evaluar la responsabilidad legal de Renán Barrera Concha en la autorización de los permisos para estas obras. Sin embargo, la viabilidad de un juicio y los resultados finales dependerán de la interpretación legal de los hechos y la evidencia presentada ante las instancias judiciales correspondientes.

POR ESTO!, informó que los afectados emprendieron una nueva batalla legal en segunda instancia tras el fallo del Juez Tercero en relación con el Juicio de Amparo Indirecto 332/2021. Sostienen que el juez omitió pruebas periciales esenciales que demostrarían irregularidades y riesgos del proyecto autorizado por Barrera Concha.

Entre las pruebas ignoradas, el peritaje de Rubén Armando Presuel Polanco destaca que la ruta de excavación y tendido de tuberías difiere del trazado aprobado por la Comisión Reguladora de Energía. Este hallazgo coincide con el análisis del perito Francisco de Jesús Guerra Martínez, quien concluye que el trazo autorizado no concuerda con la ubicación real de las obras.

Asimismo, se señala que la MIA presentada por la empresa Tractebel GNP, parte de Engie, no aborda adecuadamente aspectos como los tipos de suelo, riesgos de inundación y no considera el Atlas de Riesgo de Mérida. Guerra Martínez afirma esto, mientras que Polanco acusa que la MIA falsamente clasifica la zona como pecuaria e industrial, siendo en realidad residencial con alta densidad de viviendas.

Guerra Martínez detalla que el área corresponde a una Zona 1 de Consolidación Urbana, donde el Programa de Desarrollo Urbano prohíbe proyectos industriales y de alto impacto como el planteado. Agrega que la MIA no evalúa impactos sociales, mientras Polanco señala que no se analizó el riesgo para residentes y transeúntes.

En cuanto a riesgos, ambos peritos coinciden en que el gasoducto representa peligros ambientales, para la salud y la integridad de los habitantes. Guerra Martínez precisa peligros hidrológicos, atmosféricos, para flora y fauna, mientras que Polanco enfatiza que se introduciría un riesgo innecesario al exponer a la población a sustancias altamente inflamables.

Polanco detectó 310 unidades económicas en la zona de influencia que no fueron consideradas en el Estudio de Riesgo Ambiental presentado por la empresa, por lo que no se analizó debidamente la afectación a residentes y transeúntes. Tampoco utilizaron datos oficiales de población del Inegi, por lo que el análisis no refleja la realidad.

En cuanto a la utilidad pública, Polanco opina que se trata de un servicio comercial entre privados que no está justificado. Guerra Martínez señala que contraviene diversas legislaciones de los gobiernos federal, estatal y municipal, por lo que es cuestionable. 

Respecto a la población en riesgo, Polanco advierte sobre 120 manzanas densamente pobladas, 310 unidades económicas, plazas comerciales masivas, parques, iglesias y hospitales que se verían afectados en caso de fugas o explosiones. Guerra Martínez precisa que hay 11 mil 52 adultos mayores y 66 mil 832 habitantes totales en peligro, además de 473 especies animales y vegetales.

Ambos expertos clasifican el gas natural como una sustancia altamente inflamable y explosiva. Guerra Martínez agrega que la publicación del extracto del proyecto en medios locales fue parcial, pues no especificó las colonias y ocultó que el plan viola los usos de suelo permitidos.

Los agraviados esperan que estas pruebas sean valoradas a fondo para demostrar las irregularidades y los altos riesgos que representa la instalación del gasoducto en una zona densamente poblada de Mérida. El proceso legal continúa su curso en busca de proteger la vida y el bienestar de miles de familias.

Los vecinos advierten que la empresa promotora del gasoducto omitió intencionalmente información relevante para “disfrazar” el proyecto y evadir las restricciones legales.

Uno de los puntos omitidos es que la red de ductos se ubicaría en una zona clasificada como de consolidación urbana, lo cual impide actividades industriales y de alto impacto. También se ocultó que el trazado invade el llamado Círculo de Cenotes, caracterizado por cavernas y oquedades bajo tierra que incrementan el riesgo.

Asimismo, señalan que la publicación en medios impresos fue parcial y engañosa, pues solo habló genéricamente de la “Zona Metropolitana de Mérida” sin especificar las colonias y calles. Esto impidió que la ciudadanía tuviera claro que el megaproyecto afectaría su entorno habitacional.

Los especialistas subrayan que la instalación de gasoductos en zonas densamente pobladas contradice las mejores prácticas, pues lo recomendable es que atraviesen áreas despobladas, rurales o industriales para mitigar daños en caso de accidentes.

Advierten que la red prevista para Mérida tendría una longitud de aproximadamente 25 kilómetros lineales, lo que maximiza las probabilidades de fugas, explosiones e incendios con consecuencias fatales para la población.

Por si fuera poco, acusan que las autoridades municipales otorgaron permisos sin una evaluación adecuada y anteponiendo intereses privados a la protección civil, la ecología y la calidad de vida de los habitantes.

Los agraviados insisten en que el Tribunal Colegiado debe analizar a fondo las pruebas, escuchar a los especialistas y frenar un proyecto que ha intentado imponerse de manera irregular y opacidad, a pesar de los enormes riesgos que representa.

El proceso legal continúa en curso y confían en que la justicia les dará la razón para defender el derecho de las familias meridanas a vivir en un entorno seguro, lejos de ductos de gas extremadamente peligrosos en la zona urbana consolidada.

Continuará…

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NM

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