Un suceso inusual sucedió en el puerto de Chuburná cuando una pareja de pobladores circulaba a bordo de dos motocicletas diferentes, a causa de una conductora de conocida empresa refresquera que permanecía en dicha comunidad realizando sus diligencias. Solamente la fémina motociclista resultó herida.
Esto ocurrió alrededor del mediodía del martes, cuando la guiadora de un carro Suzuki tipo “Ignis” con un logotipo de la empresa Bepensa y placas de circulación YWB-243-E, no respetó un alto obligatorio en el cruzamiento de la calle 11 por dos; sin embargo, destaca que en varias esquinas aledañas a esta dirección no se cuenta con un señalamiento que indique esta regla.
La automovilista identificada como A.C.Z., de 26 años de edad, resultó ser oriunda de Kanasín, por lo que ante el desconocimiento de calles y la falta de señales en Chuburná, esta procedió a seguir su paso rumbo al Norte de la localidad para concluir con su ruta establecida dentro de su respectiva jornada laboral.
Como consecuencia, el automóvil propinó un golpe a la pobladora C.S.P., quien estaba a bordo de una moto Ventó 150 color negra sin placas para circular. La motociclista tuvo un golpe violento contra el pavimento, causando varios raspones al cuerpo de la fémina y hasta la dislocación de su codo izquierdo.
La segunda colisión vino con su compañero sentimental A.A.C.S., quien conducía una moto marca Italika FT150 que también carecía de placas. En el caso de este masculino, él seguía a la otra motociclista a través de la calle 11, por lo que fue inevitable frenar y evitar el contacto con el carro color blanco.
Enseguida, arribó en primera instancia una unidad de la SSP, solicitando enseguida el apoyo de la dirección de seguridad pública y tránsito por medio de otra patrulla, el departamento de peritos, así como también de una ambulancia para poder atender a los agraviados.
La fémina que guiaba una de las motos necesitó de vendaje en el brazo donde padeció la lesión, mientras que a su compañero no le sucedió una herida de tal gravedad. En lo que respecta a la trabajadora de la empresa refresquera, esta necesitó los primeros auxilios a causa de una crisis nerviosa que se le presentó por lo ocurrido.
Por medio del perito de tránsito, se determinó que los gastos respecto a la visita obligatoria que tuvo que hacer la afectada de 23 años de edad, así como los gastos materiales por los daños que tuvieron las carrocerías de dos ruedas, serían cubiertos por la empresa refresquera en conjunto con la respectiva aseguradora del carro.
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GC