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Veda Electoral en Yucatán: ¿En qué consiste este periodo?.Desde este 30 de mayo hasta el día de las elecciones el 2 de junio, Yucatán y todo el país permanecerá en veda electoral

Tras el inicio de la veda electoral previo al 2 de junio, el magistrado presidente del TEEC, pidió ejercer el sufragio de manera responsable, así como respetar la veda electoral para evitar sanciones

A respetar la veda electoral y ejercer el voto de forma responsable el próximo domingo dos de junio, fue el llamado del magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC), Francisco Javier Ac Ordoñez, durante una entrevista con esta casa editorial en el Aeropuerto Internacional de Campeche “Ing. Alberto Acuña Ongay”.

Cabe señalar que este 29 de mayo terminaron las campañas políticas locales y federales, por lo cual sigue un periodo de veda el 30 y 31 de mayo, así como el uno de junio del año en curso, para dar paso a las elecciones estatales y presidenciales el próximo domingo dos de junio.

Lo anterior está estipulado en el Calendario Electoral 2024 del Instituto Electoral del Estado de Campeche, además de que, de acuerdo con información del IEEC relacionada al Proceso Electoral Estatal Ordinario 2023-2024, para el próximo dos de junio las votaciones serán para elegir a 3 mil 361 autoridades, entre candidatos por mayoría relativa y por representación proporcional.

Las principales están divididas de la siguiente forma: 21 diputaciones de mayoría relativa, 14 diputaciones de representación proporcional, 13 Ayuntamientos, así como 22 presidentes de juntas municipales en el Estado.

No deben promoverse

No deben promoverse / Alan Gómez

Información del INE

En cuanto al Instituto Nacional Electoral (INE), referente al concepto de veda electoral, esta comenzará el jueves 30 de mayo del 2024, un día después del cierre de las campañas

El INE señala que este periodo definido en el Artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales permite a la ciudadanía reflexionar de manera informada sobre su voto, sin influencia de campañas electorales, previo al día de las elecciones.

Además, considera que quien no respete la veda electoral puede ser acreedor a amonestaciones, retiro de propaganda, multas, suspensiones y hasta la cancelación del registro, lo anterior de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales del INE y los órganos estatales.

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JY

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