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En Yucatán, mujeres temen denunciar violencia política de género; sólo hay 10 casos en tres años

El Tribunal Electoral de Yucatán afirmó que sólo se han recibido 10 denuncias de mujeres por el delito de violencia política de género desde hace tres años
El TEEY sancionará a quienes comentan el delito de violencia política de género
El TEEY sancionará a quienes comentan el delito de violencia política de género / Daniel Silva

En tres años, desde que entró en vigor la reforma legal que tipifica como delito la violencia política de género en Yucatán, se han recibido sólo 10 denuncias y únicamente en tres se ha configurado el delito y sancionado, revelan cifras del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY).

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Esta baja cifra de querellas revela que aún existe el temor de las mujeres por denunciar malas prácticas que las afectan, dentro de los gobiernos y partidos políticos; los datos incluso contradicen las afirmaciones de la magistrada presidente del TEEY, Lissette Guadalupe Cetz Canché, quien asegura que “ya se atreven a denunciar y a alzar la voz cuando son víctimas” y que “no están permitiendo que se siga normalizando”.

Sin embargo, la funcionaria advierte que con el inicio del proceso electoral de 2024 -que oficialmente inicia a finales de 2023- se espera una oleada de quejas por este ilícito, desde el proceso de selección proceso de candidaturas, durante las campañas, el día de la jornada electoral e incluso después, cuando las mujeres ejerzan el cargo.

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En ese sentido, advirtió que el Tribunal “llegará hasta las últimas consecuencias para sancionar a quienes cometan violencia política en razón de género y, de esta manera, proteger y garantizar los derechos político-electorales de las mujeres”.

Por lo pronto, desde la entrada en vigor, en 2020, de la reforma para sancionar la violencia política de género, solo tres casos han sido plenamente demostrados y sentenciados, en Chichimilá, Maní y Kanasín.

En Kanasín, en 2019, Flor de Liz Xóchitl Delgado Caballero, síndico del Ayuntamiento, denunció a William Román Pérez Cabrera, alcalde, y Jorge Armando Quijano Roca, tesorero, porque le redujeron sus ingresos y desactivaron el monedero de gasolina de la sindicatura, además de no proporcionar actas de sesiones de Cabildo, en los términos desarrollados en dicha ejecutoria. Se sobreseyó porque subsanaron las faltas.

En Maní, en enero del 2020, Blanca Carolina Vázquez Bacab, síndico municipal, denunció al Presidente, Fredy Evaristo Interián Bojórquez, y secretario, Víctor Emmanuel Poot Yah

Fredi Evaristo Interián Bojorquez; en Chichimilá, de julio de ese mismo año, la también síndico Teresita de Jesús May Tuz, se fue contra Samuel Uc Poot, primer edil, y Desert Iván Martín Barrera, tesorero, de esa demarcación.

La violencia política de género se configura mediante una acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, ya sea de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por ser mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

Las conductas de violencia política contra las mujeres, en el estado de Yucatán, pueden expresarse, entre otras, conforme a lo establecido en el artículo 7 bis de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán.

Cetz Canché aseguró que, de cara al proceso electoral de 2024, es probable que se presenten varias denuncias por este ilícito, desde la selección de candidaturas, durante las campañas, el día de la jornada electoral e incluso después, cuando las mujeres ejerzan el cargo, por lo que estarán preparados para atender oportunamente estos casos.

Aseguró que el TEEY llegará hasta las últimas consecuencias para sancionar a quienes cometan este delito para, de esta manera, proteger y garantizar los derechos político-electorales de las mujeres.

Afirmó que el Tribunal ha demostrado con sentencias, medidas cautelares y criterios, que no se permitirá este tipo de violencia en los comicios y que las autoridades o los partidos políticos que lo cometan, recibirán la sanción correspondiente.

Dijo que en los últimos años ha podido constatar que las mujeres ya se atreven a denunciar y a alzar la voz cuando son víctimas de este flagelo, pero sobre todo, no están permitiendo que se siga normalizando.

“Alzan la voz porque reciben un salario menor a sus compañeros, porque no las dejan votar en las sesiones de Cabildo, cuando las obligan a votar de cierta manera en las cuentas públicas municipales o cuando no les entregan información o documentación que necesitan para el ejercicio de sus puestos de representación popular”, explicó.

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LV 

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