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Yucatán / Mérida

Juez impide autorizar el manifiesto ambiental para las operaciones de la granja porcícola de Mérida

Un Juzgado negó la autorización del MIA a Grupo San Gerardo, aparcera de Kekén, por lo que no podrá operar en Santa María Chí en Mérida
Un juzgado frenó la posibilidad de que la planta San Gerardo obtenga la MIA para que pueda operar
Un juzgado frenó la posibilidad de que la planta San Gerardo obtenga la MIA para que pueda operar / Nadia Tecuapetla

La perseverancia de Santa María Chi tuvo su justa recompensa al obtener la suspensión definitiva para evitar que se emita una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), que permita la operación de la granja de cerdos cerca de la comisaría, informó el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).

Con este fallo, la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) no podrá otorgarle la MIA al Grupo Porcícola San Gerardo. Se detalló que la suspensión se otorgó el pasado día 16, como resultado del juicio de amparo 754/2024 del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, promovido por Wilberth Alfonso Nahuay Puc, comisario de Santa María Chi, en contra de la SDS, porque ésta desechó la denuncia ciudadana sobre la contaminación ambiental que la granja Santa María ha causado.

Para fallar en contra de la granja, aparcera de Kekén, se valoró el impacto significativo en el medio ambiente, la pérdida de cobertura vegetal, el desplazamiento en la flora y fauna, y el riesgo de contaminación del agua en la región.

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Al emitirse la suspensión definitiva, la jueza consideró que el daño al medio ambiente por la operación de la granja porcícola podría ser irreversible debido a que “genera contaminación, descargas de aguas con heces fecales, muerte de vegetación, deforestación, desplazamiento de especies, afectaciones al agua y al medio ambiente”, compartió el IFDP.

En la suspensión otorgada se lee que el artículo 4° constitucional “reconoce en favor de toda persona el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y que el Estado se encuentra obligado a garantizar el respeto a este derecho”, y advierte que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque.

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La resolución prohíbe que la SDS y el Departamento de Evaluación Ambiental emitan la MIA y, además, se les requiere para que en un plazo de tres días informen sobre el cumplimiento de esta disposición, apercibiéndoles con multa en caso de no hacerlo.

Por ello, la SDS y su Departamento de Evaluación Ambiental tendrán que acatar la suspensión definitiva, pese a que cerraron la denuncia ciudadana ambiental para beneficiar a Grupo San Gerardo, que opera sin contar con los permisos correspondientes.

Esta suspensión se suma a la otorgada de manera provisional por la Jueza Cuarta de Distrito en Yucatán, en el juicio 1889/2023 presentado por niños de Santa María Chi. En aquella oportunidad, la jueza sostuvo que la operación de la granja de cerdos afectaría múltiples derechos de los infantes, entre los que se encuentran los relativos a un medio ambiente sano, a una vida digna y al equilibrio ecológico.

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GC

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