En todo el municipio existen por lo menos 580 predios que están en condición de abandono por sus propietarios, por lo que estos al no recibir la atención necesaria representan un riesgo para los ciudadanos que colindan con ellos, informó el director de Catastro, José Domingo González Marín.
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Adelantó que en los primeros tres meses iniciaron con los procedimientos de ordenamiento correspondiente, donde giraron los oficios a los propietarios de los inmuebles, por lo que solamente 160, es decir, el equivalente al 20 por ciento del total, respondió adecuadamente.
Refirió que si los bienes inmuebles no reciben el mantenimiento adecuado no solo impactan en la imagen urbana, sino que de la misma forma afectan a la calidad de vida de los ciudadanos en razón de que representan un foco de infección, violencia y delincuencia.
Explicó que los reglamentos municipales prevén sanciones por el abandono de los predios, el retraso del impuesto predial y la omisión de los llamados a dar mantenimiento, limpieza y conservación. Adelantó que las sanciones pueden ir desde un solo exhorto a la aplicación de una multa y, en caso extremo, la enajenación del mismo.
Puntualizó que el reglamento municipal establece las sanciones económicas en Unidad de Medida y Actualización (UMA) que van desde las 5 hasta mil UMAS, de ello que la comuna hace el exhorto a que hagan la limpieza del predio correspondiente y el último paso después de la multa podría ser un Procedimiento Administrativo.
Los terrenos en condición de abandono impactan negativamente no solo la imagen urbana, sino la seguridad, la salubridad del predio y sus alrededores al convertirse en focos de infección, proliferación de fauna nociva, potencial refugio para delincuentes y adictos, contaminación y el detrimento general de la calidad de vida de quienes viven alrededor.
Ante la situación, hizo el llamado a los propietarios de los bienes inmuebles para que hagan el mantenimiento preventivo o, en su caso, correctivo para evitar recibir las sanciones estipuladas en el bando municipal, o en su caso que la administración municipal inicie con el procedimiento de enajenación.